Micelio
Sentencia de Tutela16 de agosto de 2011

T-618 de 2011

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Rafael De La Cruz Ahumada Jaraba·Demandado Alcaldia De Monteria Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Al Ambiente Sano
  • Orden a Alcaldía para tomar medidas tendientes a evitar ingreso de malos olores, controlar presencia e ingreso de insectos a la vivienda del accionante y mantenimiento de pozo séptico que aloja aguas negras
Empresa De Servicios Publicos Domiciliarios
  • No podía negarse a instalar el alcantarillado en las viviendas solo porque el constructor o urbanizador no asumía previamente el costo de las obras
Derecho A La Intimidad Personal Y Familiar Y Derecho A La Vivienda Digna
  • Vulneración por estar expuestos a olores nauseabundos o a vectores de enfermedad provenientes del entorno ambiental que afectan la salud
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Intimidad, vivienda digna, salud, igualdad.

El accionante alega que a su vivienda no le ha sido conectado el servicio público de alcantarillado de la ciudad, a pesar de que las casas de sus vecinos si tienen la acometida y que él ha hecho la petición en varias oportunidades.

Las entidades demandadas se oponen a las pretensiones alegando que la vivienda del demandante no está ubicada en una vía principal, situación que obliga al constructor o al urbanizador a encargarse del diseño y la construcción de las redes de los servicios públicos.

Luego del respectivo análisis, la Sala resuelve conceder el amparo de los derechos fundamentales invocados y ordena a la Alcaldía Municipal de Montería adoptar las medidas adecuadas y necesarias para evitar que ingresen malos olores a la vivienda del actor, garantizar un adecuado mantenimiento del pozo séptico o lugar de destino de los deshechos o aguas negras y controlar la presencia e ingreso de insectos vectores de enfermedad hacia la vivienda.

SE CONCEDE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo de tutela expedido por el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Monteria el veintiseis (26) de enero de dos mil once (2011), que confirmo el proferido por el Juzgado
  3. Quinto. Civil Municipal de Monteria el veintitres (23) de noviembre de dos mil diez (2010). En su lugar, CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales a la intimidad, a la vivienda digna, a la salud y a la igualdad del senor Rafael de la Cruz Ahumada Jaraba y sus familiares.
  4. Segundo. ORDENAR al Alcalde Municipal de Monteria que en el termino maximo de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la comunicacion de este fallo, adopte las medidas adecuadas y necesarias para: i. evitar que ingresen malos olores a la vivienda del actor; ii. garantizar un adecuado mantenimiento del pozo septico o lugar de destino de los deshechos o aguas negras; y iii. controlar la presencia e ingreso de insectos vectores de enfermedad hacia la vivienda del senor Ahumada Jaraba. El medio empleado para ello, debe ser tan eficaz como el sistema de alcantarillado.
  5. Tercero. ORDENAR al Alcalde Municipal de Monteria que en el termino maximo de tres (3) meses, contados a partir del momento en el cual sea notificado de esta providencia, rinda un informe a esta Sala de Revision sobre el cumplimiento de la citada orden.
  6. Cuarto. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.