Micelio
Sentencia de Tutela14 de diciembre de 1995

T-622 de 1995

Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz

Demandante Rafael Diaz Y Otro

Tema · dato duro
Indefension Entre Particulares. Intimidad Y Malos Olores. Minimo Vital. Porqueriza Dentro De Una Casa. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Procedencia por omisión policiva
Autoridad Administrativa
  • Omisión por permitir criaderos de animales
  • Omisión que beneficia al particular
Derechos Colectivos
  • Fundamentales por conexidad
Derecho A La Salud
  • Vulneración por malos olores
Indefension
  • Omisión policiva
Principio De Armonizacion
  • Colisión entre derechos constitucionales
Derecho Al Ambiente Sano
  • Vulneración por malos olores
Demanda De Tutela
  • Funcionamiento de porqueriza en perímetro urbano
Norma Urbanistica Y Sanitaria
  • Omisión administrativa
11 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. R E S U E L V E:
  2. PRIMERO. REVOCAR la sentencia de agosto 18 de 1995, proferida por el Juzgado 14 Penal del Circuito de Cali y, en su lugar, conceder la tutela a Rafael Diaz y Hernando Munoz Galindez de su derecho a la vida privada sin injerencias arbitrarias (intimidad). Por consiguiente, se ordena a Martha Solis Caicedo que, en el termino de seis meses, contados a partir de la notificacion de esta sentencia, elimine la porqueriza que explota dentro del perimetro urbano de la ciudad de Cali.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a la Regional del Valle del Cauca del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA- que, en el termino de dos meses a partir de la notificacion del presente fallo, brinde a la senora Martha Solis Caicedo (residente en la carrera 35 Ndeg 52-65 de la ciudad de Cali) -si ella asi lo considera necesario-, y si esto es posible de acuerdo con la disponibilidad presupuestal y la capacidad administrativa de la entidad, la asistencia tecnica y capacitacion necesarias para que, con base en los recursos que eventualmente obtenga de la venta de los cerdos que actualmente posee, pueda emprender una nueva actividad productiva tendente a la consecucion de su subsistencia basica.
  4. TERCERO. ORDENAR al Juzgado 25 Penal Municipal de Cali que vigile el cumplimiento de las ordenes impartidas en los numerales 1deg y 2deg de la parte resolutiva del presente fallo.
  5. CUARTO. LIBRESE comunicacion al Juzgado 25 Penal Municipal de Cali, con miras a que se surta la notificacion de esta providencia, segun lo establecido en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.