T-608 de 2011
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Alba Rocio Cano Roman Actuando Como Agente Oficiosa De William Garcia Yepes·Demandado Corpocaldas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por cuanto retención de loro es una medida para proteger medio ambiente y desarrollo sostenible, conservación, restauración y sustitución del ecosistema
- Tratamiento con animalterapia siempre y cuando sea parte de un tratamiento médico y dentro de un plan de rehabilitación
- Facetas
- Prohibición en todo el territorio nacional de la caza de animales silvestres bravíos o salvajes y sus excepciones
- Protección constitucional
- Se debe asemejar al concepto de fauna silvestre definido en la CRNR
- Formas de adquirirlos
- No vulneración por cuanto terapia con loro no corresponde a orden médica
- Propiedad del Estado
- Comprende animales como el loro
- Protección internacional
- Relación con derechos a la salud y a la vida
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Salud, vida digna..
La demandante aduce que su esposo tiene un estado de salud crítico en tanto presenta secuelas de un trauma craneoencefálico severo, cuadraplesia espástica y afasia mixta que lo mantiene completamente inmovilizado.
Después de seguir recomendación médica que sugería terapia con animales, se inició el tratamiento con un loro observándose en el paciente un significativo avance en su desarrollo motriz.
Dentro de un operativo de control realizado por funcionarios de CORPOCALDAS se incautó la mencionada ave, por pertenecer ésta a la fauna silvestre nacional y por presentar señales de maltrato animal.
La Sala, luego referirse a temática relacionada con la procedencia de la acción de tutela, la constitución ecológica y la protección al medio ambiente sano, los derechos de los animales, las pautas para el aprovechamiento de la fauna silvestre, los alcances del derecho a la salud y, el precedente fijado en la sentencia T-760-07, decide confirmar la decisión de instancia que negó el amparo solicitado, por considerar la actuación de la accionada como razonable y ajustada a derecho, la cual no implica vulneración a los derechos del actor.
NEGADA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la decision del Juzgado Promiscuo de Familia de Chinchina, Caldas, el veinticuatro (24) de marzo de dos mil once (2011).
- Segundo. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.