Micelio
Sentencia de Tutela26 de junio de 2015

T-389 de 2015

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Marelvie Possos Navarrete·Demandado Ecopetrol Y Otro

Tema · dato duro
Derechos Colectivos. Improcedencia Por Existir Otra Accion Y No Demostrarse Perjuicio Irremediable.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Juez De Tutela Y Principio De Oficiosidad En Materia Probatoria
  • Necesidad de estudio exhaustivo ante falta de evidencia que permita entender el caso
Protección Del Medio Ambiente
  • Jurisprudencia constitucional
Medio Ambiente Sano
  • Protección constitucional e internacional
Derechos E Intereses Colectivos
  • Improcedencia general de la acción de tutela para la protección
Naturaleza
  • Valor intrínseco e interacción del ser humano con ella
Principio De Subsidiariedad De La Accion De Tutela
  • Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
7 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Aduce la actora que Ecopetrol y Nabors Drillinng International Ltda. vulneran sus derechos fundamentales al agua y a la salud, al no suspender las obras de perforación que están contaminando el punto de captación del acueducto rural del cual es usuaria.

Se realiza un análisis jurisprudencial sobre el principio de subsidiariedad en la acción de tutela y la improcedencia de esta acción para la protección de derechos colectivos.

Se confirma la decisión de instancia que DENEGÓ el amparo solicitado, al no configurarse un perjuicio irremediable que tornara procedente la acción como mecanismo transitorio.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta providencia, el fallo judicial proferido por el Juzgado
  2. Segundo. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Acacias, Meta, el 7 de octubre de 2014, dentro del expediente T-4.777.579.
  3. SEGUNDO. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJorge Iván Palacio Palacio
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.