T-494 de 2010
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Oscar Antonio Aristizabal Castaño·Demandado Superintendencia De Puertos Y Transporte
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Protección especial a trabajadores en condiciones de debilidad manifiesta
- Improcedencia por cuanto los actos de desvinculación de funcionarios de libre nombramiento y remoción no necesitan motivación
- Reiteración de jurisprudencia sobre su aplicación y alcance
- Procedencia para evitar perjuicio irremediable
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Vida, trabajo, mínimo vital, educación de sus hijos, debido proceso, seguridad social.
El actor comenta que fue declarado insubsistente sin tener en cuenta que se encontraba incluido dentro del retén social, faltándole menos de tres años para obtener la pensión de jubilación, solicita dejar sin efectos la resolución que ordenó su insubsistencia y se proceda a su reintegro en el cargo que desempeñaba o a uno de mayor jerarquía, junto con el pago de salarios y prestaciones dejados de percibir.
La Sala se pronuncia sobre la verificación del retén social y la condición de pre-pensionado en el caso objeto de revisión, la procedencia de la acción de tutela para evitar un perjuicio irremediable, la falta de motivación del acto administrativo que desvincula a una persona que ejerce un cargo de libre nombramiento y remoción no vulnera sus derechos fundamentales, se concluye que durante el trámite de la acción no se demostró la inminencia de un perjuicio irremediable, se recuerda que la acción de tutela es improcedente respecto de las prestaciones de origen laboral, máxime cuando se trata de la insubsistencia de cargos de libre nombramiento y remoción, los cuales no requieren motivación, por lo tanto se decide no acceder a la protección de los derechos invocados.
Niega.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR por las razones aqui expuestas, la Sentencia proferida el quince (15) de diciembre de dos mil nueve (2009) por la Sala Civil del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogota, la cual confirmo la Sentencia del tres (3) de noviembre de dos mil nueve (2009) del Juzgado Cuarenta y Dos Civil del Circuito de Bogota, en cuanto denego la tutela incoada por el senor Oscar Antonio Aristizabal Castano en contra de la Superintendencia de Puertos y Transporte.
- TERCERO. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.