Sentencia de Tutela20 de octubre de 1998
T-589 de 1998
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Rosalba Rodriguez De Puentes
✓
Tema · dato duro
Der. A La Intimidad. Indefension Entre Particulares Por Inaccion De Las Autoridades. Ruidos Y Vibraciones Fabrica De Herrajes. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Tutela Y Accion De Cumplimiento
- Prevalencia en incumplimiento de normas administrativas por vulneración de derechos fundamentales
Autoridad De Policia
- Conciliación ilegal en materia de ordenamiento urbanístico
Derecho A La Intimidad Personal Y Familiar
- Desarrollo ilegal de actividades industriales
- Emanaciones auditivas u olfativas que constituyen injerencias arbitrarias
- Ruidos y vibraciones provenientes de fábrica
Indefension Entre Particulares
- Supremacía social
Norma Urbanistica
- Actuación ilegal de autoridad policiva que lleva a situación de supremacía social
- No es objeto de transacción
Peritajes
- Contradicciones para el caso
Test
- Determinación de situación de supremacía social
8 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- R E S U E L V E:
- Primero. REVOCAR la sentencia de mayo 18 de 1998, proferida por la Sala de Casacion Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia y, en su lugar, CONCEDER la tutela del derecho fundamental a la intimidad de la senora Rosalba Rodriguez de Puentes. Por consiguiente, se ordena a Ciro Alfonso Cabrejo Bonilla que, en el termino de tres meses, contados a partir de la notificacion de esta sentencia, traslade la fabrica de herrajes que actualmente opera en la carrera 19 Ndeg 26-43 sur de Santa Fe de Bogota, a una zona de la ciudad capital en la cual se encuentre permitida esa clase de actividad industrial, salvo que, en ese mismo termino, introduzca todas las modificaciones necesarias para acreditar debidamente ante la Alcaldia Local de Rafael Uribe, el Departamento Administrativo de Planeacion Distrital y el Departamento Tecnico Administrativo del Medio Ambiente de Santa Fe de Bogota, D.C., que la actividad industrial que desarrolla cumple con todos los requisitos legales y reglamentarios necesarios para poder funcionar en esa zona de la ciudad capital.
- Segundo. ORDENAR al Departamento Tecnico Administrativo del Medio Ambiente de Santa Fe de Bogota, D.C., que, transcurridos tres meses a partir de la notificacion de la presente sentencia, verifique si el senor Ciro Alfonso Cabrejo Bonilla dio cumplimiento a las ordenes impartidas en el numeral 1o de este fallo y, por tanto, indique si la fabrica de herrajes cumple con los requisitos ambientales que le permitirian funcionar en ese sector de la ciudad capital.
- Tercero. ORDENAR a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogota, D.C., que vigile el cumplimiento de las ordenes impartidas en los numerales 1deg y 2o de la parte resolutiva del presente fallo.
- Cuarto. LIBRESE comunicacion a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogota, D.C., con miras a que se surta la notificacion de esta providencia, segun lo establecido en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a10
T-203/97Der. A La Tranquilidad. Der. A La Intimidad. Tutela Contra El Ruido. Niveles Excesivos De Ruido. Bar Baranoa.SU.476/97Der. A La Intimidad A La Tranquilidad Y A La Seguridad. Prostitucion Y Travestismo En La Zona Del Chico. Concedida.T-622/95Indefension Entre Particulares. Intimidad Y Malos Olores. Minimo Vital. Porqueriza Dentro De Una Casa. Concedida.T-428/95Der. A La Salud. Der. A La Tranquilidad. Der. A La Armonia Social. Tutela Contra El Ruido. Concedida.T-219/94Der. Al Ambiente Sano. Der. De Propiedad. Der. A La Intimidad. Indalpe Ltda. Concedida.T-210/94Der. A La Intimidad. Libertad De Cultos. Tutela Contra El Ruido. Concedida.
Ver las 10 →Citada por14
T-462/19Accion De Tutela Para La Proteccion Del Derecho A La Intimidad, Tranquilidad Y Medio Ambiente Sano-Improcedencia Por Incumplir Requisito De SubsidiariedadC-308/19Medidas Policivas. Desconexión Temporal De La Fuente De Ruido Que Afecta La Convivencia. Casos De Imperiosa Necesidad En Que Puede Ingresar Una Autoridad Policiva En Inmueble Sin Orden Escrita. Apoyo Urgente De Particulares. Destrucción De Bien.C-404/16Restitución De Tierras. En Este Proceso No Se Admite Conciliación.T-672/14Tutela de 2014T-397/14Tutela de 2014T-187/14Tutela de 2014
Ver las 14 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.