Sentencia de Tutela31 de enero de 1994
T-028 de 1994
Ponente Vladimiro Naranjo Mesa
✓Demandante Herenia Acosta De Leon
✓
Tema · dato duro
Tutela Contra Particulares. Der. Al Ambiente Sano. Der. A La Tranquilidad. Fabrica De Maderas. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Paz
- Naturaleza
Derecho Al Ambiente Sano
- Responsabilidad
13 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Fusagasugá el día veintitrés (23) de julio de 1993, mediante la cual se negó la acción de tutela incoada por la señora Herenia Acosta de León en contra de los señores Luis Alberto Bernal y Elizabeth Osorio de Bernal, y en consecuencia confirmar la sentencia del Juzgado Promiscuo Municipal de Arbeláez, por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. SOLICITAR a la Oficina de Planeación Municipal de Arbeláez y a la División de Factores de Riesgo al Ambiente de la Secretaría de Salud y Asistencia Pública de la Gobernación de Cundinamarca para lo de su competencia que con ocasión del vencimiento de las licencias de funcionamiento concedidas al establecimiento de carpintería de los señores Bernal, practiquen una nueva inspección y dispongan lo pertinente a fin de garantizar a la peticionaria su derecho a la tranquilidad y al ambiente sano, y a los señores Bernal su derecho al trabajo.
- Tercero. ORDENAR que por la Secretaría General de esta Corporación se envíen copias de esta providencia al señor alcalde municipal de Arbeláez, a la Oficina de Planeación Municipal de Arbeláez y a la División de Factores de Riesgo al Ambiente de la Secretaría de Salud y Asistencia Pública de la Gobernación de Cundinamarca.
- Cuarto. ORDENAR que por la Secretaría General de esta Corporación se comunique el contenido de esta providencia al Juzgado Promiscuo Municipal de Arbeláez (Cundinamarca) en la forma y para los efectos previstos en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
T-338/93Derecho Al Trabajo. Libertad De Escoger Profesion U Oficio. Tutela Contra Particulares. Negada.T-254/93Derecho Al Ambiente Sano. Acciones Populares. Propal. Negada.T-251/93Derecho Al Ambiente Sano. Derecho A La Salud. Soc. Proquimhul. Concedida.T-225/93Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada.T-092/93Derecho Al Ambiente Sano. Relleno Sanitario (Villavicencio). Concedida.
Citada por51
T-449/21Derechos A Un Debido Proceso, Trabajo, Mínimo Vital, Salud Y Seguridad Social Trabajadora Migrante Irregular En Estado De EmbarazoSU.455/20Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales-Procedencia Por Defecto Factico En Proceso Ordinario De Responsabilidad Civil Extracontractual Por Daño AmbientalT-462/19Accion De Tutela Para La Proteccion Del Derecho A La Intimidad, Tranquilidad Y Medio Ambiente Sano-Improcedencia Por Incumplir Requisito De SubsidiariedadT-335/19Principio De Igualdad Y Prohibicion De Discriminacion En Razon De Identidad De Genero Y Orientacion Sexual.T-179/19Derecho A La Libertad De Expresion En Redes Sociales.C-308/19Medidas Policivas. Desconexión Temporal De La Fuente De Ruido Que Afecta La Convivencia. Casos De Imperiosa Necesidad En Que Puede Ingresar Una Autoridad Policiva En Inmueble Sin Orden Escrita. Apoyo Urgente De Particulares. Destrucción De Bien.
Ver las 51 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.