Micelio
Sentencia de Tutela24 de octubre de 2016

T-581 de 2016

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Niria Jael Peña Peña·Demandado Secretaria De Educacion De Bogota D.C.

Tema · dato duro
Derecho A La Educaciòn Inclusiva De Personas En Situaciòn De Discapacidad Cognitiva.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Educación De Niños, Niñas Y Adolescentes En Situación De Discapacidad
  • Protección constitucional y en los tratados y convenios internacionales
Derecho A La Educacion Inclusiva De Persona En Situacion De Discapacidad
  • Marco constitucional e instrumentos internacionales
  • Orden a Secretaría de Educación garantizar educación inclusiva de joven con discapacidad cognitiva
Derecho A La Educacion De Niños, Niñas Y Adolescentes
  • Permanencia en el sistema educativo como parte de su núcleo esencial y la connotación de ser un derecho-deber que impone cargas mínimas
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante, actuando en representación de una hija que presenta un diagnóstico de doble corteza cerebral y epilepsia, que requiere programas educativos especiales enfocados a afianzar sus habilidades, solicita al juez constitucional que ordene a la Secretaría Distrital de Educación de Bogotá asignar un cupo en una institución educativa oficial, ubicada cerca a su residencia y que cuente con la infraestructura y el personal para atender la condición especial de su hija.

Se aborda temática relacionada con las reglas jurisprudenciales sobre la procedencia de la acción de tutela en relación con el derecho a la educación inclusiva y a la igualdad.

Se CONCEDE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido el diecinueve (19) de mayo de dos mil dieciseis (2016) por el juzgado dieciocho (18) civil municipal de ejecucion de sentencias que resolvio negar por improcedente el amparo invocado. En su lugar, CONCEDER la proteccion del derecho fundamental a la educacion inclusiva y a la igualdad de Daniela Alejandra Mora Pena.
  2. Segundo. ORDENAR a la Secretaria de Educacion del Distrito de Bogota que dentro de los cinco (5) dias siguientes a la notificacion del presente fallo, realice las gestiones pertinentes para que se garantice un cupo escolar a la joven Daniela Alejandra Mora Pena en una institucion educativa adecuada y que cuente con la infraestructura para atender su discapacidad cognitiva leve.
  3. Tercero. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.