T-537 de 2009
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Cesar Augusto Rodríguez Yepes·Demandado Juzgado 40 Civil Del Circuito De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Evolución jurisprudencial
- Causales genéricas de procedibilidad
- Defecto sustancial por cuanto el juez se abstuvo de aplicar el remedio previsto en caso de incumplimiento mutuo del contrato de arrendamiento
- Defecto fáctico por valoración del acervo probatorio con total desconocimiento de los testimonios e indicios
- Procedencia porque cumple con el requisito de inmediatez
- Contenido y efectos
- Naturaleza
- Carácter bilateral desde el punto de vista sustancial
- Características
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso, solicita que la sentencia dictada por el ente accionado sea revocada, por que no se tuvo en cuenta las pruebas aportadas dentro del proceso ejecutivo de primera instancia.
Esta sala encuentra que la segunda instancia incurrió en vía de hecho, por cuanto, hubo una mala valoración del acervo probatorio, no se declaró la excepción de contrato no cumplido y no hubo concreción de los principios constitucionales.
Por estas razones se decide conceder la tutela.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. LEVANTAR la suspension del termino decretado dentro del tramite de revision de la accion de tutela.
- Segundo. REVOCAR por las razones expuestas los fallos proferidos el 23 de abril de 2008 por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota y el 30 de mayo de 2008 por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, dentro de la accion de tutela incoada por el senor Cesar Augusto Rodriguez Yepes.
- Tercero. CONCEDER el amparo solicitado por el senor Cesar Augusto Rodriguez Yepes y en consecuencia DEJAR sin efectos la sentencia de cinco (5) de octubre de 2007 proferida por el Juez 40 Civil del Circuito de Bogota en el proceso ejecutivo promovido por la sociedad Comunicaciones y Sistemas CYS Ltda. en Liquidacion contra Cesar Augusto Rodriguez Yepez por incurrir en error factico, error sustancial y violacion a la Constitucion y con esto desconocer el derecho al debido proceso del actor de la accion de tutela.
- Cuarto. ORDENAR que en el termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia la autoridad judicial accionada inicie las diligencias necesarias para dictar una nueva sentencia en los terminos establecidos en la presente providencia.
- Quinto. LIBRENSE por la Secretaria General de esta Corporacion, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.