T-525 de 2011
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Diana Patricia Sanabria Gonzalez·Demandado Coomeva E.P.S.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia para ordenar cirugía por problema de infertilidad
- Casos en que procede excepcionalmente por vía constitucional
- Protección constitucional
- Jurisprudencia constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Salud, Vida digna.
La demandante es afiliada a COOMEVA E.P.S en calidad de cotizante y refiere que el gineco-obstetra de la entidad le diagnosticó una infertilidad femenina de origen tubárico primario, ordenándole la práctica de una microcirugía tubárica.
El procedimiento quirúrgico prescrito no fue autorizado bajo el argumento de estar excluido del POS.
De otra parte, se defendió la accionada afirmando no estar obligada a suministrarlo, en cuanto los tratamientos encaminados a superar la infertilidad están expresamente excluidos del Plan Obligatorio, porque la no prestación de los mismos no pone en riesgo la vida de las personas.
La Sala reitera que de acuerdo a la ley y a la jurisprudencia constitucional, los tratamientos de fertilidad no están contemplados dentro del POS y por ende, el Estado y las EPS no tienen la obligación de suministrar este tipo de procedimientos.
Sin embargo, recuerda que esta regla no es absoluta y que se han establecidos tres excepciones a la misma, estando la demandante inmersa dentro de aquella que consiste en autorizar la práctica de procedimientos con el fin de combatir una enfermedad en el sistema reproductor que produce por sí misma una afección a la salud del paciente y, de manera derivada puede ser la causa de la infertilidad.
Se concede el amparo invocado y se ordena a la demandada realizar los trámites para realizar la cirugía ordenada por el médico tratante de la actora.
CONCEDIDA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo del Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Barrancabermeja, del 16 de Noviembre de 2010, dentro de la acción de tutela promovida por la señora Diana Patricia Sanabria González y en su lugar, CONCEDER la tutela de sus derechos fundamentales a la salud y a la vida digna.
- SEGUNDO. ORDENAR a la E.P.S Coomeva que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente providencia, inicie los trámites para realizar la micro- cirugía tubárica, ordenada por el médico tratante y suministre los medicamentos requeridos hasta la recuperación de la cirugía que se le realizará a la señora Diana Patricia Sanabria González con ocasión de esta acción de tutela.
- TERCERO. AUTORIZAR a Coomeva EPS para que recobre con cargo al FOSYGA, lo gastado en cumplimiento de la orden emitida por esta Sala.
- CUARTO. LÍBRESE por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.