T-488 de 2011
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Marco Farid Raigoso Garibello·Demandado Inpec
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Casos en que procede
- Orden al INPEC de suspender orden de traslado hasta que los menores finalicen año escolar
- Reiteración de jurisprudencia
- Alcance y límites
- Extensión de la protección al padre cabeza de familia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Unidad Familiar.
El accionante se desempeña en el cargo de Oficial Logistico del Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria y Carcelaria del Inpec, desde el año 1990.
La Dirección General de la entidad accionada emitió resolución mediante la cual ordenó su traslado del Establecimiento Penitenciario y Carcelario del Bogotá al Establecimiento Carcelario de Jamundí (Valle), argumentando la necesidad del servicio.
El demandante tiene a su cargo la manutención y cuidado de su progenitora y la de sus dos hijos, por lo que considera que el traslado de su lugar de trabajo afecta la unidad de su núcleo familiar.
Para decidir, la Sala analiza la siguiente temática: 1).
La procedencia de la acción de tutela como mecanismo para controvertir decisiones de la administración pública referentes a traslados. 2).
El alcance y limitaciones del ejercicio del ius variandi. 3).
La condición de padre cabeza de familia y 4).
El derecho de los niños a tener una familia y a no ser separados de ella.
Se decide conceder el amparo al derecho invocado y suspender los efectos del acto administrativo, mediante el cual se ordenó el traslado del actor, hasta tanto finalice el año lectivo que cursan sus menores hijos.
Así mismo, se ordena que el INPEC disponga las medidas necesarias para lograr que el demandante se reubicado en el Establecimiento Carcelario de Bogotá.
CONCEDIDA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la Sentencia proferida el once (11) de noviembre de dos mil diez (2010) por la Sala de Decision Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota D.C., mediante la cual se denego el amparo solicitado por el senor Marco Farid Raigoso Garibello y en su lugar, CONCEDER el amparo al derecho fundamental a la unidad familiar.
- SEGUNDO. SUSPENDER los efectos de la Resolucion Ndeg 010563 del 24 de agosto de 2010, mediante la cual se ordeno el traslado del senor Marco Farid Raigoso Garibello al Establecimiento Carcelario de Jamundi (Valle del Cauca) hasta que finalice el ano lectivo de los menores Andres Mateo Raigoso Grisales y Juliana Andrea Raigoso Grisales en el colegio Thomas Alva Edison de la ciudad de Bogota D.C.
- TERCERO. ORDENAR al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), que en el termino de cuarenta y ocho horas (48) a partir de la notificacion de la presente sentencia, disponga las medidas pertinentes, tendientes a lograr que el senor Marco Farid Raigoso Garibello, sea reubicado en el Establecimiento Carcelario de Bogota.
- CUARTO. Librense por la Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.