Micelio
Sentencia de Tutela7 de diciembre de 2021

T-431 de 2021

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Pedro Arboleda Arroyave Y Otro·Demandado Corte Suprema De Justicia, Sala Penal

Tema · dato duro
Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales-Improcedencia Por Cuanto No Se Configuraron Los Defectos Alegados, Ni Hubo Vulneración De Principio De La Doble Conformidad
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Impugnacion De Sentencias Condenatorias
  • Fundamento normativo
  • Jurisprudencia constitucional
  • Reglas
Doble Conformidad Judicial
  • Alcance
  • Contenido
  • Garantía
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales De Altas Corporaciones
  • Procedencia más restrictiva, en la medida que solo tiene cabida cuando se configura una anomalía de tal entidad que exige la imperiosa intervención del juez constitucional
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad son más estrictos
Recurso Extraordinario De Casacion
  • Naturaleza jurídica y función
  • Fines constitucionales
Recurso Extraordinario De Casacion Penal
  • Requisitos de procedibilidad de la demanda
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por cuanto no se configuraron los defectos alegados, ni hubo vulneración de principio de la doble conformidad
9 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En dos acciones de tutela formuladas de manera independiente se adujo que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia vulneró derechos fundamentales, al proferir la decisión que resolvió la impugnación de la condena de los actores.

En un caso se alegó que dicho fallo impidió al peticionario acudir a la casación para exponer algunas irregularidades y en el otro, que desconoció el numeral 7º del artículo 235 de la Constitución, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2018, al impedir presentar el recurso de casación.

Se atribuye a dicha decisión los defectos procedimental, violación directa de la Constitución, desconocimiento del precedente de tutela de la Sala de Casación Civil y falta de motivación.

Se Aborda temática relacionada con: 1º.

El recurso extraordinario de casación en materia penal. 2º.

Desarrollo constitucional del derecho a la doble conformidad en materia penal. 3º.

Desarrollo jurisprudencial del mecanismo procesar para garantizar el derecho a la doble conformidad en materia penal.

Impugnación especial.

La Corte encontró que no se violaron las garantías constitucionales alegadas y, por ello, decidió confirmar la decisión de instancia que NEGÓ el amparo invocado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia emitida el 27 de enero de 2021 por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Laboral, que no amparo la accion de tutela interpuesta por Pedro Arboleda, Tiberio Fernandez, Ricardo Calderon y Pablo Daza (expediente T-8.279.999), por las razones expuestas en esta providencia.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR la sentencia emitida el 20 de enero de 2021 por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Laboral, que no amparo la accion de tutela interpuesta por Jairo Serna Serna (expediente T-8.311.858), por las razones expuestas en esta providencia.
  3. TERCERO. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.