T-416 de 2007
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Juan Zamarriego Muñoz Vs. Liberty Seguros S.A
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Interés público
- Situación de indefensión material
- Límites a libertad de expedir o no cauciones ordenadas por los jueces
- Actividades financieras
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho de peticion y acceso a la administracion de justicia de propietarios de la parcelacion la riverita primera etapa de la ciudad de cali a quienes la entidad les nego la expedicion de una poliza de caucion exigida por el juzgado dentro de proceso ejecutivo de minima cuantia en que se demando a la sociedad inversiones montaño ltda y a la direccion nacional de estupefacientes por unas cuotas de administracion causadas en condicion de propietario inscrito y administrador del inmueble respectivamente.solicitan se ordene la expedicion de la poliza judicial solicitada o se expongan las razones de su negativa.procedencia de la accion de tutela contra entidades aseguradoras.
Atendiendo el interes publico que por mandato constitucional caracteriza la actividad aseguradora esta corporacion ha precisado que por la posicion dominante que tienen esas entidades frente al usuario del servicio que rompe la relacion de igualdad existente entre las partes pueden ser sujetos pasivos de la accion de tutela cuando con su conducta se vulnere o ponga en peligro un derecho fundamental.
Limites constitucionales a la libertad contractual en actividades declaradas de interes publico por la constitucion.
La autonomia de la voluntad y la libertad contractual en el ejercicio de las relaciones privadas de contenido financiero gozan de garantia constitucional sin embargo se encuentran limitadas o condicionadas por las exigencias propias del estado social de derecho el interes publico y el respeto de los derechos fundamentales de los usuarios del citado sector.
El remedio constitucional en este caso apunta a que la empresa liberty le explique a los peticionarios las razones por las cuales nego la expedicion de la poliza y una vez conocidas tales razones la accionante si lo estima conveniente eleve una queja ante la superintendencia financiera de colombia para que esta entidad pueda evaluar los criterios que tuvo la aseguradora para negarse a contratar.concedida.
Se ordena a liberty seguros s.a.
Que exponga a los peticionarios las razones de su negativa
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR PARCIALMENTE el fallo proferido por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Cali. CONCEDER la accion de tutela interpuesta por los propietarios de "la Parcelacion la Riverita Primera Etapa" en la ciudad de Cali, de conformidad con los terminos de este fallo.
- Segundo. ORDENAR a LIBERTY SEGUROS S.A. que exponga a los peticionarios las razones por las cuales nego la expedicion de la poliza, sin perjuicio de que los interesados instauren la queja ante la Superintendencia Financiera de Colombia para que se adopten los correctivos del caso.
- Tercero. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.