Micelio
Sentencia de Tutela22 de abril de 2004

T-367 de 2004

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Jose Hector Manuel Gonzalez Layton Vs Iss

Tema · dato duro
Derechos A La Salud Vida Y La Integridad De Persona Ostomizada. Suministro De Bolsas De Colostomia. Excluidas Del Pos. Inobservancia De Principios Continuidad Y Eficiencia Del Servicio Por Eps. Accion De Repeticion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Vida Digna
  • Vulneración por no suministro de bolsas de colostomía
Derecho A La Salud
  • Controversia interpretativa sobre continuidad en entrega de bolsas de colostomía
  • Riesgo del paciente por la carencia de bolsas de colostomía
  • Suministro de bolsas de colostomía desde el año 2000 y suspensión de la entrega a partir del año 2003
Derecho A La Salud Y A La Vida Digna
  • Vulneración por no suministro de bolsas de colostomía
Derecho A La Vida
  • Concepto amplio
  • Se extiende a la recuperación y mejoramiento de las condiciones de salud
Derechos Fundamentales
  • Vulneración por interrumpirse el suministro de bolsas de colostomía
Derechos Prestacionales
  • Fundamental cuando amenazan derechos fundamentales
Seguro Social
  • Actuación ilegítima por decidir unilateralmente suspender el suministro de bolsas de colostomía
  • No entrega de bolsas de colostomía no se funda en una norma sino en la interpretación que da el Ministerio a la norma
9 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Dieciocho Civil del Circuito de Bogotá que denegó la acción de tutela de la referencia. En su lugar CONCEDER la protección constitucional al derecho fundamental a la salud en conexidad con la vida digna y la integridad personal del tutelante.
  2. Segundo. ORDENAR al gerente o director del Seguro Social, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente providencia, continúe con el suministro de las bolsas de colostomía No. 70 que requiere el señor José Héctor Manuel González Layton, conforme lo disponga el médico tratante, para evitar la vulneración de sus derechos fundamentales, sin desmedro del derecho de repetición que le pueda corresponder a la entidad demandada contra el Estado.
  3. Tercero. Dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.