Micelio
Sentencia de Tutela8 de noviembre de 2007

T-940 de 2007

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Maria Del Pilar Velasquez Merino Y Otra Vs. Servicio Occidental De Salud Sos

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Cirugía de by pass gástrico por obesidad mórbida excluida del POS
  • Caso en que no está probada afectación de salud de la demandante después de la cirugía de by pass gástrico
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud la vida digna y la seguridad social de afiliadas que padecen obesidad morbida por lo que sus medicos tratantes les recomendaron la cirugia bariatrica o bypass gastrico por laparoscopia que la entidad se niega a autorizar por encontrarse excluida del pos en uno de los casos y en el otro a autorizar tratamientos quirurgicos posteriores a dicha cirugia.solicitan se ordene autorizar la(s) cirugia(s).inaplicacion de las normas que preven la exclusion de prestaciones medicas del pos.

Garantia de la efectividad de los derechos a la salud y a la vida en el problema de salud publica de la obesidad morbida.condiciones de procedencia del amparo constitucional para proteger el derecho a la salud la vida la vida digna y la integridad.negada en uno de los caso por no satisfacerse el primer requisito de procedencia y concedida en el otro con accion de repeticion contra el fosyga

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR por las razones expuestas el fallo de 29 de junio de 2007, emitido por el Juzgado Veinte Civil Municipal de Santiago de Cali, el cual denegó el amparo deprecado por la señora Maria del Pilar Velásquez Merino en la acción de tutela interpuesta por ésta contra Servicio Occidental de Salud SOS E.P.S
  2. SEGUNDO. REVOCAR la decisión de 26 de junio de 2007, emitida por el Juzgado
  3. Quinto. Penal para Adolescentes con Función de Control de Garantías, la cual, en segunda instancia confirmó la decisión de 10 de mayo de 2007 del Juzgado
  4. Segundo. Penal para Adolescentes con Funciones de Control de Garantías, que a su vez denegó la acción de amparo iniciada por Gladys Peña Villegas, contra Servicio Occidental de Salud SOS E.P.S.
  5. En su lugar, CONCEDER a la actora el amparo de los derechos invocados en esta acción.
  6. TERCERO. ORDENAR a Servicio Occidental de Salud SOS E.P.S que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas posteriores a la notificación de esta sentencia, si aún no lo ha hecho, autorice y practique a la señora Gladis Peña Villegas, de acuerdo con la orden del médico tratante, el tratamiento quirúrgico requerido, éste es "Bypass Gástrico por Laparoscopia", así como los demás tratamientos médicos y medicamentos que llegue a necesitar para el restablecimiento de su salud. Igualmente, se previene a la Entidad demandada para que no desconozca en el futuro el mandato constitucional según el cual los medicamentos y tratamientos médicos necesarios para salvaguardar la salud de una persona, aun cuando estén excluidos del POS, deberán ser otorgados si el caso concreto se ajusta a los lineamientos jurisprudenciales y legales descritos en esta sentencia.
  7. CUARTO. DECLARAR que Servicio Occidental de Salud S.O.S. E.P.S podrá repetir contra el FOSYGA, únicamente, por las sumas de dinero que legal y reglamentariamente no sean de su cargo.
  8. QUINTO. LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.