Providencias que cita
T-286/18 invoca estas providencias en su argumentación. · 39 en total.
Volver a la ficha de T-286/18Debido Proceso. Vulneracion Por Ausencia De Defensa Tecnica En Proceso Penal.
Procedimiento Administrativo Que Debe Adelantarse Ante La Comision De Infracciones De Transito Captadas A Traves De Medios Tecnologicos.
Bienes Del Ministerio De Defensa. Responsabilidad Administrativa Por Pérdida O Daño De Los Mismos.
Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedencia Por Vulneracion Del Debido Proceso Por Ausencia De Defensa Tecnica En Proceso Ejecutivo Hipotecario.
Obligacion Del Empleador De Afiliar Al Trabajador En Riesgos Laborales O, En Su Defecto, Asumir La Cobertura De Los Riesgos Por Accidente Laboral
Accion De Tutela Contra Sentencias De Tutela. Unificacion De Jurisprudencia.
Reanudación De La Indagación Penal Por Surgimiento De Nuevos Elementos Probatorios.
Codigo De Procedimiento Administrativo. Deber De Comunicar Actuaciones Administrativas A Terceros
Comparendo E Infraccion De Transito. Notificación Por Correo No Vulnera El Debido Proceso Ni La Igualdad
En El Tramite De Revision De La Accion De Tutela De La Referencia, La Sala Decidio Abstenerse De Efectuar Su Revision De Fondo Porque Se Evidencio La Falta De Notificacion A Todos Los Sujetos Procesales De La Sentencia De Primera Instancia Dictada Por El Juzgado 32 Civil Municipal De Bogota El 29 De Octubre De 2008. En Consecuencia, Se Declaro La Nulidad De Todas Las Actuaciones Surtidas Con Posterioridad Al Fallo Precitado.
Derecho Al Trabajo, Al Debido Proceso, La Igualdad, La Asociacion Sindical Y Al Acceso A La Administracion De Justicia De Extrabajadoras Del Hospital San Cristobal De Cienaga Que Pertenecian A La Junta Directiva De La Subdirectiva Del Sindicato De Salud Y Seguridad Social Sindess Y Fueron Desvinculadas De Sus Cargos Sin Previa Autorizacion Judicial, Por Lo Que Presentaron Accion De Reintegro Por Fuero Sindical Y Las Autoridades Demandas Decidieron Absolver Al Hospital. Solicitan Se Ordene Dejar Sin Efectos Las Sentencias Proferidas Y Se Emitan Una Nuevas Sentencias. Pretermision Del Tramite De La Impugnacion. La Notificacion De Las Providencias Judiciales En Materia De Tutela Y El Termino Para Impugnarlas. El Tramite De La Impugnacion De La Accion De Tutela. Se Abstiene De Efectuar La Revision De La Sentencia Por Pretermision De La Segunda Instancia Al No Tramitar La Impugnacion Y Se Ordena Remitir El Expediente A La Sala De Casacion Laboral De La Corte Suprema De Justicia Para El Tramite Correspondiente
Ley Estatutaria De Garantias Electorales. Sanción Por Ministro Delegatario
Expediente Seleccionado Para Su Revisión, Sin Haber Cumplido Los Requisitos Establecidos En Los Articulos 31 Y 32 Del Decreto 2591 De 1991, Referentes A La Ejecutoriedad Del Fallo Objeto De Revisión. Abstenerse De Efectuar La Revisión De Fondo Del Expediente T-1077816 Por Haberse Pretermitido La Segunda Instancia.
Decreto 1799 De 2000. Arts. 27 Y 42. Proceso De Evaluacion Y Clasificacion Para Ascenso De Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares. Reserva De Documentos Que Contienen Informacion Y Juicios De Valor De Las Condiciones Personales Y Profesionales
Ley 788 De 2002. Arts. 5 9 14 (P.) 24 (P.) 28 (P.) 42 43 44 50 54 Incs. 5 Y 6 55 (P.) 59 60 69 70 71 72 73 74 80 82 83 85 98 99 101 102 103 105 107 112 117 Y 118 (P.). Modifica Estatuto Tributario. Art. 566. Normas Tributarias Y Penales Del Orden Nacional