Micelio
Sentencia de Tutela12 de julio de 2018

T-271 de 2018

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Ingrid Carolina Villa Mora·Demandado Empresa Integra 21 Sas

Tema · dato duro
Accion De Tutela Para Reclamar Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada. Improcedencia Por Existir Otro Medio De Defensa Judicial.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para Reclamar Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada
  • Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial y no acreditar perjuicio irremediable
Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada
  • Presupuestos para la procedencia de la acción de tutela
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante dice que sus derechos fundamentales fueron vulnerados por la accionada cuando, vía WhatsApp, le notificó su desvinculación a la empresa, a pesar de haber comunicado con anterioridad su estado de embarazo.

Se aborda temática relacionada con los requisitos de procedencia de la acción de tutela y la subsidiariedad en los escenarios en los que se discute la garantía de la estabilidad laboral reforzada para mujeres gestantes o lactantes.

La Corte concluye que el proceso ordinario laboral es el escenario idóneo para resolver las dudas razonables que respecto a las circunstancias de la desvinculación surgieron en la presente causa, pues no se encuentra plenamente establecido si hubo finalización del vínculo con ocasión de móviles discriminatorios, o si por el contrario, la peticionaria de manera voluntaria dejó de asistir al ejercicio de sus funciones contractuales.

Teniendo en cuenta que la Sala encontró que las necesidades económicas mínimas de la accionante se encuentran cubiertas por su compañero y que su derecho a la salud no sufre menoscabo alguno porque está afiliada a la Dirección General de Sanidad Militar en calidad de beneficiaria, se declaró la IMPROCEDENCIA de la acción de tutela formulada.

Se insiste en que, la mujer en estado de embarazo es un sujeto de especial protección constitucional.

Sin embargo, que de ese solo hecho no puede darse por sentada la ineficacia o no idoneidad de los demás mecanismos con que cuenta para elevar sus pretensiones, por cuanto todas las autoridades judiciales y, en concreto, las pertenecientes a la jurisdicción ordinaria laboral, son competentes a la hora de estudiar, desde la órbita constitucional, los conflictos que le corresponde tramitar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida el 31 de octubre de 2017 por el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito de Armenia - Quindio, que confirmo la decision dictada por el Juzgado
  3. Cuarto. Penal Municipal con Funciones de Control de Garantias del mismo circuito el 9 de octubre de 2017, a traves de la cual se declaro improcedente la accion de tutela instaurada por Ingrid Carolina Villa Mora contra la sociedad Integra 21 S.A.S.
  4. SEGUNDO. Por la Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.