Sentencia de Tutela18 de marzo de 2004
T-264 de 2004
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Hernan Arias Gaviria Vs Secretaria De Salud De Bogota Y Otro
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Vida Y Salud. Agencia Oficiosa. Solicitud Suministro De Medicamento Prescrito Por Medico Tratante. Excluido Del Pos. Accion De Repeticion. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Administradora Del Regimen Subsidiado
- Suministro de medicamentos
Derecho A La Salud
- Suministro de medicamentos
Inaplicacion De Normas Del Plan Obligatorio De Salud
- Suministro de medicamentos
Plan Obligatorio De Salud Subsidiado
- Entrega de medicamentos
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Veintitrés Civil del Circuito de Bogotá el 29 de septiembre de 2003, dentro del proceso de la acción de tutela instaurada por Herman Arias Gaviria Personero Distrital de Bogotá D. C. en representación de Carlos Giovanni Londoño, y en su lugar conceder la protección de los derecho fundamentales a la salud y a la vida de Carlos Giovanni Londoño.
- Segundo. ORDENAR a Mutual Ser A.R.S., que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente sentencia proceda a suministrar a Carlos Giovanni Londoño, los medicamentos denominados tiroxina y desmopresina en la cantidad y con la periodicidad indicadas por su médico tratante.
- Tercero. ADVERTIR a Mutual Ser A.R.S., que podrá repetir contra el Estado específicamente contra Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA) en todos los gastos en los que incurra en cumplimiento de lo ordenado en este fallo y que no esté cubierto por el P.O.S-S.
- Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a19
T-632/03Derechos Al Trabajo Minimo Vital Y Seguridad Social De Personera Municipal. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Traslado De Transferencias. Acuerdo De Reestructuracion. Hecho Parcialmente Superado. Llamado A Prevencion. Ley 550 De 1999. Concedida.T-1036/00Derecho A La Salud A La Vida Y Al Trabajo. No Suministro De Lentes Por Parte De Eps. Negada.T-813/99Derecho A La Vida. Der A La Salud Y A La Dignidad Humana. Tratamiento Sida.Iss. Concedida.T-231/99Der. A La Vida Y A La Salud. Suspension De Tratamiento De Enfermedades Catastroficas. Periodos De Cotizacion. Menor Con Leucemia. Concedida.T-230/99Der. A La Salud. Tratamiento Y Suministro De Medicamentos De Enfermedades Catastroficas. I.S.S. Concedida.T-171/99Der. A La Vida Y A La Salud. Entrega De Medicamentos A Mujer Embarazada Y Con Sida. Concedida.
Ver las 19 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.