T-250 de 2005
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Alexander Perez Garcia Vs. Ministerio De La Proteccion Social
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No fue vinculado directamente al proceso pero si se enteró de la iniciación del proceso
- Es una cuenta especial de la Nación
- Procedencia excepcional pago de mesadas pensionales
- Suspensión del pago de mesadas pensionales
- Caso en que Ministerio de Protección retrasó pago de mesadas que recibe como pensión sustitutiva
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al minimo vital y la educacion de beneficiario de pension de sobreviviente a quien la entidad le suspendio el pago de la mesada pensional por cumplimiento de mayoria de edad desconociendo que por tratarse de estudiante su reconocimiento se prolonga en el tiempo por algunos años.
Solicita se ordene el pago de las mesadas atrasadas y garantizar la prestacion de los servicios de salud.
Procedencia excepcional de la accion de tutela para exigir el pago de mesadas pensionales.
Interrupcion intempestiva en el pago de la pension vulnera derechos fundamentales.
Corresponde al ministerio de proteccion social adelantar las diligencias internas y administrativas necesarias para asegurar al señor alexander perez garcia el pago de sus mesadas pensionales.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cartagena y por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en el asunto de la referencia. En su lugar, CONCEDER la tutela de los derechos al mínimo vital y a la educación del señor Alexander Pérez García.
- Segundo. ORDENAR al Ministerio de Protección Social que adelante todas las gestiones necesarias para asegurar la cancelación de las mesadas pensionales adeudadas al señor Alexander Pérez García, si aún no se hubieren satisfecho, de manera que el pago efectivo del crédito no podrá superar el término de diez (10) días contados a partir de la notificación de esta sentencia.
- Tercero. Por Secretaría General líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.