Micelio
Sentencia de Tutela17 de septiembre de 2009

T-652 de 2009

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Jose Francisco Cifuentes·Demandado Empocor Y Iss

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional para el pago de mesadas pensionales fundamentada en la presunción de vulneración del mínimo vital y en la interpretación literal del artículo 149 de la Ley 100 de 1993
  • Inclusión en nómina de pensionado de Empocor
  • Procedencia excepcional pago de acreencias pensionales
Derecho Al Minimo Vital Del Pensionado
  • Derecho al pago oportuno de mesadas a persona que no es de la tercera edad
  • Pago oportuno de mesadas a persona que no es de la tercera edad
Derecho Al Minimo Vital
  • Presunción de afectación por suspensión en el pago de mesadas pensionales
Ley De Seguridad Social
  • Beneficiarios fondo de pensiones de empresas de metales preciosos y Empocor
Juez De Tutela
  • Debe individualizar la situación de cada demandante por falta de pago de mesadas pensionales
Persona De La Tercera Edad Y Via Excepcional De La Accion De Tutela Para Reclamar Pension De Vejez
  • Sólo los ciudadanos hombres mayores de 72 años pueden acudir a esta acción
6 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Seguridad social, mínimo vital.

Al actor se le reconoció la pensión de jubilación por parte de la sociedad Empocor S.A., pero el ISS entidad que encargada del pago de nomina de los pensionados, se ha negado a realizar el pago de la pensión debido a que el acto administrativo del reconocimiento de la pensión no cumple con los requisitos exigidos por la Ley, la sociedad modifico el acto administrativo, pero no realizo las correcciones requeridas por el ISS, así que nuevamente se solicita a la sociedad que expida un nuevo acto administrativo y esta vez la entidad se negó a efectuar las modificaciones solicitadas.

La Sala encuentra amenazados los derechos fundamentales del actor, por lo tanto se ordena su inclusión en nómina, pero no se entra a decidir la controversia sobre la legalidad del reconocimiento que aun subsiste entre las entidades accionadas.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida dentro del presente trámite en segunda instancia por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Montería, Córdoba, el dieciocho (18) de marzo de dos mil nueve (2009), y CONFIRMAR el fallo emitido en primera instancia por el Juzgado Penal del Circuito de Cereté, Córdoba, el veintiocho (28) de enero de dos mil nueve (2009), únicamente en lo relativo a la protección que otorgó a los derechos constitucionales del peticionario a la seguridad social, el mínimo vital y la protección especial a los adultos mayores.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al ISS que, en el término de ocho (8) días contados a partir de la notificación de esta sentencia proceda a efectuar la inclusión en nómina de pensionados de Empocor del señor José Francisco Ortega Fuentes, en los términos establecidos por la Entidad en la resolución 0059 de 2007, y a cancelar las mesadas dejadas de percibir en virtud de su omisión.
  3. TERCERO. LIBRESE, por Secretaría, la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.