Sentencia de Tutela8 de marzo de 2001
T-264 de 2001
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Kelly Maria Gutierrez Vivius Vs. Iss Barranquilla
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Educacion Y Debido Proceso. Pago Pension De Sobreviviente Hasta Cumplir Los 25 Años Siempre Que Se Continue Estudiando. Indexacion. Revocatoria O Modificacion De Actos De Caracter Particular O Concreto. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Pension De Sobrevivientes
- Suspensión
- Procedencia de tutela por cuanto interrupción impide a joven continuar educación
Revocacion Directa De Acto Administrativo Particular Y Concreto
- Consentimiento expreso y escrito del titular
Derecho A La Educación
- Suspensión de pensión por llegar hijo a los dieciocho años
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVÓCASE la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Barranquilla que revocó el fallo del Juzgado 1 Laboral del Circuito de Barranquilla, en la acción de tutela instaurada por la señorita Kelly María Gutiérrez Vivius, en contra del Seguro Social -Seccional Barranquilla-.
- En consecuencia, ORDÉNASE al Seguro Social -Seccional Barranquilla-, que en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo, reanude el pago de las mesadas correspondientes a la pensión de sobrevivientes que le fueron reconocidas a la señorita Kelly María Gutiérrez Vivius, hasta que cumpla los 25 años de edad, siempre que continúe estudiando, circunstancia que deberá acreditar periódicamente, de conformidad con el artículo 47 de la Ley 100 de 1993. El Seguro Social pagará a la actora las mesadas dejadas de cancelar desde el momento en que los pagos fueron interrumpidos, sumas que deberán ser indexadas.
- Segundo. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
T-323/00Derecho A La Educacion E Igualdad. Suspension Del Pago De Pension De Sobreviviente A Hijo Mayor De Edad Que Se Encuentra Estudiando. Concedida.T-283/00Derecho Al Minimo Vital Y Educacion. Debido Proceso. Suspension De Mesadas Pensionales De Sustitucion Pensional Por Llegar El Actor A La Mayoria De Edad Aunque Demostro Que Estaba Estudiando. Concedida.T-196/00Derecho De Peticion Educacion Y Vida En Condiciones Dignas Y Justas. Retiro De Nomina A Hijo De Pensionado Sin Tener En Cuenta Que Esta Estudiando. Concedida.T-336/97Der. Al Minimo Vital. Debido Proceso. Revocatoria De Acto Adtivo. Revocatoria De Pension De Jubilacion. Concedida.
Citada por6
SU.050/17Revocatoria Directa De Actos Administrativos De Caracter Particular Y Concreto. Desarrollo Normativo.T-250/05Tutela de 2005T-266/03Derecho De Peticion. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensiónales. Pension De Sobreviviente. Idoneidad Documentos Requeridos. Acreditacion Calidad De Estudiante. Concedida.T-631/02Derechos Adquiridos Vida Trabajo Seguridad Social Y Debido Proceso De Magistrado. Reconocimiento Pension Equivalente Al 75%. Base Reguladora. Regimen Especial Para Funcionarios De La Rama Judicial. Regimen De Transicion Y Prima Media Con Prestacion DefiniT-524/02Derechos Al Minimo Vital Salud Vida Digna Y Seguridad Social De Persona De La Tercera Edad. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Pension De Sobrevivientes. Cubrimiento Gastos De Salud. Concedida.T-049/02Derechos A La Seguridad Social Minimo Vital Y Debido Proceso De Compañera Permanente Y Persona De La Tercera Edad. Solicitud Reconocimiento Pension De Sobrevivientes. Convivencia Desde Antes De Adquirir La Pension. Via De Hecho. Inaplicacion Excepcion De
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.