Sentencia de Tutela15 de julio de 1997
T-336 de 1997
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Antonio Del Carmen Muñoz De Madrid
✓
Tema · dato duro
Der. Al Minimo Vital. Debido Proceso. Revocatoria De Acto Adtivo. Revocatoria De Pension De Jubilacion. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Pension De Jubilacion
- Inexistencia de ilegalidad o fraude para su reconocimiento
Revocacion Directa De Acto Administrativo Particular Y Concreto
- Inexistencia de ilegalidad o fraude
- Alcance de su procedencia
Accion De Tutela Transitoria
- Continuación pago de mesadas pensionales
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de Montería el día diecisiete (17) de marzo de mil novecientos noventa y siete (1997) al resolver sobre la acción de tutela incoada por ANTONIA DEL CARMEN MUÑOZ DE MADRID, contra el Gobernador y el Tesorero del Departamento de Córdoba y en su lugar conceder la protección transitoria del derecho al debido proceso, dejando temporalmente sin efectos la Resolución 0000405 del 6 de febrero de 1997, proferida por el Gobernador de Córdoba, que revocó el acto por medio del cual se reconocía la pensión de jubilación de la accionante, mientras la jurisdicción Contencioso Administrativa resuelve sobre la demanda que la Administración entable contra su propio acto -la resolución que había revocado-, para lo cual ella goza de un término de dos (2) años contados a partir de su expedición (artículo 136 del Código Contencioso Administrativo).
- La protección que se concede dejará de surtir efectos si la Jurisdicción Contencioso Administrativa accede a decretar la suspensión provisional o la nulidad de la Resolución 6011 del 11 de marzo de 1996, de la Caja de Previsión del Departamento de Córdoba, o si se profiere por la justicia penal una sentencia definitiva que condene a la actora por algún delito en relación con el trámite de solicitud de pensión.
- Segundo. Si la Gobernación estima que se cometió algún delito durante el trámite que culminó con el reconocimiento de la aludida pensión, deberá solicitar a la Fiscalía General de la Nación que inicie las investigaciones penales que sean del caso.
- Tercero. Por Secretaría líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por56
SU.182/19Revocatoria Directa De Pensiones Reconocidas De Manera Irregular O Con Base En Documentacion Falsa.T-199/18Derecho A La Indexacion De La Primera Mesada PensionalSU.050/17Revocatoria Directa De Actos Administrativos De Caracter Particular Y Concreto. Desarrollo Normativo.C-286/17Infracción Ambiental. Inhabilitación De Bienes Empleados Para Actividades Ilícitas Que Atenten Contra Los Recursos Naturales.T-687/16Revocatoria Directa De Actos Administrativos Que Reconocen Pension Cuando Se Ha Obtenido De Manera Ilegal.SU.240/15Unificación de 2015
Ver las 56 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.