Micelio
Sentencia de Tutela2 de diciembre de 2016

T-687 de 2016

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Angel Gustavo Muñoz Galvis·Demandado Colpensiones Y Otros

Tema · dato duro
Revocatoria Directa De Actos Administrativos Que Reconocen Pension Cuando Se Ha Obtenido De Manera Ilegal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Revocatoria Directa De Acto Administrativo De Reconocimiento De Pension
  • Artículo 19 de la Ley 797/03 permite revocar directamente pero solo ante evidencia de fraude
  • Casos en que la administración puede revocar su propio acto sin consentimiento expreso del titular
  • Procede cuando se ha obtenido de manera ilegal
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Colpensiones le reconoció al actor una pensión de vejez y luego se la revocó sin su consentimiento, por considerar que la misma había sido concedida de manera ilegal, como consecuencia de una adulteración de la historia laboral realizada de manera injustificada y sin soportes por parte de una funcionaria de la entidad.

La accionada adujo estar habilitada para revocar el acto administrativo de manera directa y sin consentimiento del beneficiario, porque la prestación había sido obtenida a través de maniobras fraudulentas verificadas a través de una investigación administrativa interna que contó con la participación del pensionado, y que evidenció la existencia de una adulteración de la información en la base de datos misionales de la entidad.

Se analiza jurisprudencia constitucional y normatividad aplicable a: 1º.

La procedencia excepcional de la acción de tutela cuando existen mecanismos ordinarios de protección. 2º.

El derecho fundamental al debido proceso administrativo y, 3º.

El debido proceso en la revocatoria directa de actos administrativos particulares y concretos que reconocen pensiones.

Se confirman las decisiones de instancia que NEGARON el amparo solicitado, por no haberse acreditado una vulneración de los derechos fundamentales del peticionario.

No obstante, en aplicación directa del principio de buena fe, se dispone dejar sin efectos el acto administrativo que ordenó la devolución del dinero cancelado en virtud del reconocimiento y pago inicial de la pensión de vejez en favor del accionante.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR los fallos de tutela proferidos en segunda instancia por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, el veintiocho (28) de junio de dos mil dieciseis (2016) y en primera instancia por el Juzgado Veintiuno Laboral del Circuito de Bogota, el treinta y uno (31) de mayo de dos mil dieciseis (2016) que negaron el amparo solicitado por el senor Angel Gustavo Munoz Galvis.
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS la Resolucion No. GNR 149634 del veintitres (23) de mayo de dos mil dieciseis (2016) por medio de la cual la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones- le ordeno al senor Angel Gustavo Munoz Galvis el reintegro a la Nacion de la totalidad de los recursos girados a su favor a titulo de mesadas, retroactivos y aportes en salud, por un valor de once millones ochenta y nueve mil doscientos sesenta y cinco pesos ($11.089.265).
  3. Tercero. Por la Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.