T-203 de 2004
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Enrique Manuel Jimenez Blanco Y Otros Vs Juzgado Primero Laboral De Santa Marta
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Vulneración por despidos colectivos por reestructuración y sin autorización judicial
- Vulneración por despidos colectivos por reestructuración
- Procedencia excepcional por vía de hecho judicial
- Calificación judicial del juez laboral
- Vulneración de derechos fundamentales
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (9 puntos)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspensión del término decretada para decidir el presente asunto
- SEGUNDO. REVOCAR las siguientes sentencias de tutela proferidas por las Salas Laboral y Penal de la Corte Suprema de Justicia en el proceso instaurado por los señores Enrique Manuel Jiménez Blanco, Sara Escobar Jerez, José Rafael Rojas Cantillo, Alfredo Díaz Restrepo, Martha Lucía Triana Arias, Carlos José Torrado Polo, Nelson Darío González Castro, Sonia Beatriz Peña Olivero y José Luis Santodomingo Orozco contra sentencias del Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Santa Marta y del Tribunal Superior de Distrito Judicial de la misma ciudad, en un proceso de reintegro por fuero sindical que adelantaron los accionantes contra el Hospital Central Julio Méndez Barreneche E.S.E. de la ciudad de Santa Marta.
- TERCERO. DEJAR SIN EFECTOS las sentencias proferidas los días 9 de septiembre de 2002 y 15 de noviembre del mismo año por el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de la misma ciudad respectivamente, al término de un proceso de reintegro por fuero sindical iniciado por los accionantes contra el Hospital Central Julio Méndez Barreneche E.S.E. de la ciudad de Santa Marta.
- CUARTO. TUTELAR los derechos fundamentales al debido proceso laboral y a la libertad sindical de los señores Enrique Manuel Jiménez Blanco, Sara Escobar Jerez, José Rafael Rojas Cantillo, Alfredo Díaz Restrepo, Martha Lucía Triana Arias, Carlos José Torrado Polo, Nelson Darío González Castro, Sonia Beatriz Peña Olivero y José Luis Santodomingo Orozco. En consecuencia, el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Santa Marta procederá a iniciar, en el término de cuarenta y ocho siguientes a la notificación del presente fallo, las gestiones necesarias para dictar una nueva sentencia con base en los siguientes lineamientos:
- Se deberá tener en cuenta que el adelantamiento de un proceso de reestructuración administrativa no exime al empleador del deber de solicitar previamente autorización judicial para suprimir cargos que vienen siendo ocupados por trabajadores aforados.
- QUINTO. Por Secretaría General de la Corte, LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.