T-014 de 2018
Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido
✓Demandante Roberto Carlos Campaz Taborda·Demandado Tribunal Superior De Buga, Sala Laboral
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia porque no se configuró ningún requisito específico de procedibilidad en proceso de levantamiento de fuero sindical
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Dimensiones
- Calificación por el juez del trabajo de las causas esgrimidas por la entidad
- Concepto
- Finalidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se ataca la decisión judicial que dio por finalizado el proceso laboral de levantamiento de fuero y autorización de despido promovido por Bancolombia contra el actor.
Se aduce que dicho fallo incurrió en los defectos material o sustantivo y fáctico.
El primero, porque según la normativa y la jurisprudencia vigentes, el empleador debió realizar un proceso disciplinario antes de acudir a la jurisdicción laboral, dado que el despido es una sanción y, el segundo, por haber valorado de manera arbitraria unas fotografías que no eran nítidas y valorado caprichosamente el material probatorio, fundándose exclusivamente en la confesión de la falta disciplinaria en el interrogatorio del accionante.
Se reitera jurisprudencia sobre la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y se aborda temática relacionada con el desarrollo normativo y jurisprudencial de la libertad de asociación y el fuero sindical.
Por no configurarse ninguno de los defectos alegados, se DENIEGA el amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, de fecha 24 de agosto de 2017, en el asunto de la referencia, por medio de la cual se confirmo la decision de primera instancia, en el sentido de negar el amparo solicitado por el accionante.
- Segundo. ORDENAR que, por medio de la Secretaria General, se devuelva al Tribunal Superior de Buga, Sala de Decision Laboral, el expediente de tutela No. 76-109-31-05-002-2016-00143 -01, el cual fue enviado en calidad de prestamo y remitido a esta Corte.
- Tercero. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto ley 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.