Micelio
Sentencia de Tutela1 de junio de 2006

T-429 de 2006

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Jaime Rodriguez Alfonso Vs. Secretaria De Transito Y Transporte De Manizales Y Otra

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso Administrativo
  • Caso en que no existe vía de hecho por cuanto el demandante tuvo oportunidad de interponer recursos
Base De Datos De Deudores Morosos De Transito
  • No se vulnera derecho al buen nombre por cuanto información es veraz y actualizada
Cancelacion De Matricula De Vehiculo Por Hurto
  • Es competencia de la Secretaría de Tránsito y Transportes
Cancelacion De Matricula De Vehiculo
  • Tutela no procede para conseguir nulidad de liquidación oficial de aforo
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho de peticion al debido proceso y al buen nombre por la liquidacion oficial de aforo proferida por la unidad de rentas departamentales de la secretaria de hacienda de caldas mediante la cual se le estan cobrando los impuestos de rodamiento al figurar como titular en el registro de matricula automotor de vehiculo hurtado en 1991 liquidacion ante la cual presento recurso de reconsideracion que le fue negativamente resuelto por cuanto la cancelacion solo se efectua mediante el diligenciamiento del formulario oficial de transito por quien se encuentra inscrito como titular del automotor tramite que no se llevo a cabo en el presente caso.

Solicita se ordene la anulacion de la liquidacion oficial de aforo y la eliminacion de su nombre de las listas de deudores morosos del estado.

Debido proceso administrativo.

Procedencia excepcional de la accion de tutela.

El tramite ha sido surtido por el funcionario competente y observando las formas propias de la actuacion por lo que no se presenta un defecto organico o procedimental constitutivo de una via de hecho como tampoco existe una valoracion erronea del material probatorio ni se evidencia un defecto sustantivo.

Los derechos del accionante no fueron vulnerados.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia de segunda instancia proferida por el Tribunal Superior de Manizales-Caldas, Sala Penal que confirmó el fallo del Juzgado
  2. Quinto. Penal del Circuito de la misma ciudad, en la acción de tutela instaurada por el señor Jaime Rodríguez Alfonso, en contra de la Secretaría de Tránsito y Transporte de Manizales y la Unidad de Rentas Departamentales de la Secretaría de Hacienda de Caldas.
  3. Segundo. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.