Micelio
Sentencia de Tutela5 de julio de 2001

T-731 de 2001

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Jose Eliceo Lasso Delgado Vs. Tribunal Superior De Neiva.·Demandado Sin Información

Tema · dato duro
Derecho De Asociacion Sindical Debido Proceso Y Acceso A La Administracion De Justicia. Tutela Contra Providencias Judiciales. Via De Hecho. Reestructuracion De Entidades. Reintegro Al Cargo. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Asociación Sindical
  • Vulneración por despido sin autorización judicial
Fuero Sindical
  • Necesidad de autorización judicial para el despido
  • Vulneración por despido sin autorización judicial
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. CONCEDER la proteccion de los derechos de asociacion sindical, debido proceso y de acceso a la administracion de justicia, vulnerados por el Tribunal Superior del Distrito de Neiva Sala Civil, Familia, Laboral, mediante Sentencia de octubre diecinueve (19) de 1999 y por lo tanto, REVOCAR la Sentencia de segunda instancia en el proceso de tutela, proferida por el Consejo Superior de la Judicatura el veinticuatro de noviembre de 2000, por la cual se nego la proteccion solicitada.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al Tribunal Superior de Neiva que, dentro de los tres (3) dias siguientes a la notificacion de la presente providencia, proceda a anular la Sentencia de Segunda Instancia de octubre 19 de 1999 en el proceso especial de accion de reintegro de Jose Eliseo Lasso Delgado contra la Gobernacion de Huila, y proceda a dictarla nuevamente, pronunciandose sobre la exigibilidad de la autorizacion judicial previa, sobre el cumplimiento efectivo que se haya hecho de tal requisito y sobre lo referente a la prescripcion de la accion de reintegro y absteniendose de emitir pronunciamiento alguno sobre la existencia o inexistencia de una justa causa para el despido.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.