Micelio
Sentencia de Tutela28 de agosto de 2006

T-732 de 2006

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Ramon Alfonso Caballero Y Otros Vs. Tribunal Superior De Distrito Judicial De Yopal Y El Departamento De Casanare

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Fuero Sindical
  • Reglas jurisprudenciales en el caso en que se adelanten procesos de reestructuración o liquidación de entidades públicas
  • Caso en que se adelanten procesos de reestructuración o liquidación de entidades públicas
  • Obligación de pedir autorización judicial para proceder a desvincular del servicio
Orden Judicial
  • Entidad administrativa no puede apartarse del cumplimiento con base en un acto administrativo
Sentencias De Reintegro
  • No puede la administración a través de la expedición de un acto administrativo eximirse de cumplir sentencia que ordena reintegro por violación de fuero sindical
Reintegro
  • Improcedencia en caso de supresión de cargos
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso y al acceso a la justicia de funcionarios miembros de junta directiva sindical que se encontraban inscritos en carrera administrativa y gozaban de fuero sindical siendo desvinculados en desarrollo de programa de reestructuracion sin contar con autorizacion judicial para el efecto por la decision del tribunal de revocar la decision del juzgado laboral del circuito de yopal que ordeno el reintegro y libro mandamiento de pago por la via ejecutiva laboral a favor de los accionantes.solicitan dejar sin efectos la providencia proferida por el tribunal superior de yopal y ordenar se dicte una nueva que cumpla la sentencia de reintegro.accion de tutela contra providencias judiciales.

Procedencia excepcional contra acciones u omisiones judiciales.

Sentencia de reintegro y respuesta de la administracion.

Criterios y conceptos de la sala de consulta y servicio civil del consejo de estado sobre reintegro de trabajador cuando el cargo ya no existe.

Cumplimiento de las sentencias en el nuevo marco constitucional.

Inaplicacion de la jurisprudencia de la corte suprema de justicia.

La jurisprudencia de la corte constitucional afirma que en los casos en los que una entidad reestructura su planta de personal es necesario solicitar autorizacion judicial para proceder a desvincular a un funcionario aforado.concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. LEVANTAR la suspension de terminos decretada dentro del proceso.
  2. Segundo. REVOCAR el fallo de tutela dictado, el dia 27 de septiembre de 2005, por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, que denego la proteccion impetrada. En su lugar, se CONCEDE el amparo de los derechos de los actores al debido proceso y al acceso a la justicia.
  3. Tercero. Advertir a la Gobernacion de Casanare que, dentro de las dos (2) semanas siguientes a la notificacion de esta sentencia, puede inicia un proceso laboral ordinario con el fin de que el juez establezca si es imposible cumplir con la sentencia que ordena el reintegro y, en el caso de que esa sea su conclusion, fije la debida indemnizacion. Si la Gobernacion no presenta la demanda ordinaria respectiva dentro del termino establecido debera proceder a reintegrar a los actores en la planta de personal, dentro de los tres meses siguientes al vencimiento del plazo para la presentacion de la demanda laboral.
  4. Cuarto. DEJAR SIN EFECTO el auto dictado el 13 de julio de 2005 por el Tribunal Superior de Yopal y la providencia del Juzgado Laboral del Circuito de Yopal, del 27 de julio de 2005, que ordeno acatar la decision del Tribunal.
  5. Quinto. ORDENARLE al Departamento Administrativo de la Funcion Publica que le informe a los directivos de las entidades estatales que tambien en el marco de procesos de reestructuracion administrativa es imperativo solicitar la autorizacion judicial para proceder a desvincular servidores publicos amparados por el fuero sindical.
  6. Sexto. Dar traslado de esta sentencia a la Procuraduria General de la Nacion para que determine si hay lugar a iniciar procesos disciplinarios y de repeticion contra los responsables de que los actores de este proceso de tutela hubieran sido desvinculados del servicio sin solicitar la respectiva autorizacion judicial.
  7. Septimo. Para garantizar la efectividad de la accion de tutela, la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia notificara esta sentencia dentro de los cinco (5) dias siguientes a la recepcion de la comunicacion a la que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  8. Octavo. Librese por la Secretaria General las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.