T-196 de 2017
Ponente José Antonio Cepeda Amarís
✓Demandante Arley Yamid Osnas Peña Y Otros·Demandado Uariv
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia
- Respuesta de fondo, clara y congruente
- Marco normativo
- Etapas
- Naturaleza, características y modalidades
- Procedimiento para determinar quiénes son o no beneficiarios, conforme al Decreto 1084 de 2015
- Deber del Estado de garantizar la entrega de la ayuda humanitaria a población desplazada
- Subreglas en las cuales se pone en riesgo y/o vulnera mínimo vital
- Reiteración de jurisprudencia
- Eliminación del término máximo para la atención humanitaria de emergencia
- Término de atención humanitaria de emergencia debe ser flexible
- Ley 387 de 1997, respecto a su definición, alcance e implicaciones materiales, físicas y jurídicas
- Término de atención humanitaria de emergencia será prorrogable hasta que el afectado esté en condiciones de asumir su autosostenimiento
- Estado debe otorgar tratamiento especial y preferencial y realizar acciones afirmativas en favor de este grupo poblacional vulnerable
- No impide a la Corte Constitucional pronunciamiento de fondo sobre la existencia de una violación de derechos fundamentales y futuras violaciones
- Reconocimiento y pago de Ayuda Humanitaria
- Configuración
- Carga de la prueba corresponde a quien instaure la acción
- Entrega real y efectiva
- Fenómeno que puede presentarse a partir de dos eventos que a su vez sugieren consecuencias distintas: hecho superado y daño consumado
- Definición de acuerdo con el artículo 1 de la Ley 387 de 1997
- Orden a UARIV, si no lo ha hecho, notifique decisión que adoptó en torno a petición de ayuda humanitaria
- Orden a UARIV, si no lo ha hecho, resolver de fondo solicitudes de ayuda humanitaria y brindar oportunidad de controvertirlas
- Práctica de pruebas de oficio
- Alcance y contenido
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En 56 acciones de tutela presentadas de manera independiente alegan los actores, quienes aducen estar en situación de desplazamiento forzado por causa del conflicto armado y no haber encontrado condiciones de autosostenimiento, que la UARIV vulneró sus derechos fundamentales, al no resolver la solicitud de ayuda humanitaria que presentaron.
Los jueces de instancia concedieron el amparo por encontrar acreditada la condición de desplazados, en virtud del cual les asistía el derecho de acceder a la referida ayuda.
En la mayoría de los casos los operadores jurídicos aplicaron la presunción de veracidad de los hechos narrados por los peticionarios, en razón a que la entidad no efectuó un pronunciamiento oportuno respecto de los hechos de la acción de tutela.
La Sala encontró tres situaciones distintas frente a las peticiones invocadas: a). casos en los que la entidad efectuó la entrega de la ayuda humanitaria a algunos peticionarios. 2º.
Asuntos en que la UARIV resolvió en forma negativa y, 3º.
Casos en los que afirma no existir trámite de atención humanitaria.
Se reiteran reglas jurisprudenciales relativas a: 1º.
Procedencia de la acción de tutela para reclamar la protección constitucional de los derechos de la población desplazada. 2º.
La ayuda humanitaria como derecho fundamental en cabeza de las víctimas del desplazamiento forzado. 3º.
La garantía del derecho fundamental de petición. 4º.
El deber del juez constitucional de constatar la veracidad de los hechos narrados en el escrito de tutela.
En todos los casos se concede el amparo del derecho fundamental de petición y respecto a la pretensión del reconocimiento de la ayuda humanitaria en algunos asuntos se declara la carencia actual de objeto por hecho superado, en otros se ordena la entidad, bien sea, notificar a los interesados sobre la negativa de la ayuda o, resolver de fondo las peticiones formuladas sobre el mismo auxilio.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (208 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR PARCIALMENTE las sentencias proferidas por los jueces de instancia en los siguientes expedientes, en lo pertinente con el derecho a la ayuda humanitaria por las razones expuestas en esta providencia. DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado. REVOCAR estas decisiones, en lo pertinente al amparo del derecho fundamental de petición y, en su lugar CONCEDER la tutela de este derecho. En consecuencia, ordenar a la UARIV que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de esta providencia, si no lo ha hecho, notifique la decisión que adoptó en torno a la petición de ayuda humanitaria formulada por los accionantes, permitiéndoles controvertir la misma a través de los recursos ordinarios y extraordinarios de defensa judicial.
- Expediente
- Decisiones de instancia
- T-5821217
- Actor: Arley Yamid Osnas Peña
- Juzgado Promiscuo de Familia de Mocoa Putumayo. Concede el amparo de los derechos a la vida en condiciones dignas al mínimo vital y de petición. En consecuencia ordenó a la UARIV la entrega de la ayuda humanitaria.
- Sentencia proferida el 8 de agosto de 2016.
- T-5839051
- Actor: Luis Arturo Marín Orozco
- Juzgado Civil del Circuito de Sonsón, Antioquia.
- Concede el amparo de los derechos fundamentales al mínimo vital y la vida digna. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria al peticionario.
- Sentencia proferida el 25 de julio de 2016.
- T-5839056
- Actor: Orfilia Cuervo Blandón
- Juzgado Civil del Circuito de Sonsón, Antioquia. Concede el amparo de los derechos fundamentales al mínimo vital y la vida digna. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria al peticionario.
- Sentencia proferida el 12 de julio de 2016
- T-5847694
- Actor: Jaminton Wisloc Lujan Monsalve.
- Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito Especializado de Bucaramanga. Concede el amparo del derecho fundamental a la dignidad humana. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria al peticionario.
- Sentencia del 25 de julio de 2016
- T-5861365
- Actor: Rosalba Romero de Muñoz
- Juzgado Promiscuo de Familia de Belén de los Andaquíes, Caquetá. Concede amparo de los derechos fundamentales a la vida y al mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria.
- Sentencia del 6 de julio de 2016.
- T-5861367
- Actor: Adiela Gómez Duran
- Juzgado Promiscuo de Familia de Belén de los Andaquíes, Caquetá.
- Concede amparo de los derechos fundamentales a la vida y al mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria.
- Sentencia del 6 de julio de 2016.
- T-5868440
- Actor: Juan Carlos Alba Díaz
- Juzgado Penal del Circuito de Andes, Antioquia.
- Concede la protección de los derechos fundamentales de petición, dignidad humana, vivienda digna, igualdad y mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria al peticionario.
- Sentencia del 14 de septiembre de 2016.
- T-5875153
- Actor: Manuela Antonia Bravo Bolaños
- Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Apartadó, Antioquia.
- Concede la protección constitucional de los derechos a la vida digna y mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria.
- Sentencia del 8 de agosto de 2016.
- T-5875236
- Actor: Carolina Caicedo Montaño
- Juzgado
- Segundo. de Familia de Buenaventura. Concede la protección constitucional de los derechos a la vida digna y mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria.
- Sentencia del 27 de julio de 2016.
- T-5842262
- Actor: Personero de Quibdó, Chocó en representación de Luis Francisco Mosquera Mosquera y otros.
- Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó. Concede la protección constitucional de los derechos a la vida digna y mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria hasta que logre su autosostenimiento. Sentencia del 6 de agosto de 2015.
- T-5842262
- Actor: Personero de Quibdó, Chocó en representación de José Delio Forastero Chamorro y otros.
- Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó. Concede la protección constitucional de los derechos a la vida digna y mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria al peticionario hasta que logre su autosostenimiento. Sentencia del 6 de agosto de 2015.
- T-5842262
- Actor: Personero de Quibdó, Chocó en representación de Juana Francisca Mosquera y otros.
- Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó. Concede la protección constitucional de los derechos a la vida digna y mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria hasta que logre el autosostenimiento. Sentencia del 6 de agosto de 2015.
- T-5842262
- Actor: Personero de Quibdó, Chocó en representación de Llurley Perea Torres y otros.
- Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó. Concede la protección constitucional de los derechos a la vida digna y mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria hasta que encuentre condiciones de autosostenimiento. Sentencia del 6 de agosto de 2015.
- T-5842262
- Actor: Personero de Quibdó, Chocó en representación de Milena Ortiz González y otros.
- Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó. Concede la protección constitucional de los derechos a la vida digna y mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria hasta que logre condiciones autosostenimiento. Sentencia del 6 de agosto de 2015.
- T-5842262
- Actor: Personero de Quibdó, Chocó en representación de Isarama Jaramillo Forastero y otros.
- Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó. Concede la protección constitucional de los derechos a la vida digna y mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria hasta que encuentre condiciones de autosostenimiento. Sentencia del 6 de agosto de 2015.
- T-5842262
- Actor: Personero de Quibdó, Chocó en representación de John Freddy Gaviria Serna y otros.
- Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó. Concede la protección constitucional de los derechos a la vida digna y mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria hasta que logre su autosostenimiento. Sentencia del 6 de agosto de 2015.
- T-5842262
- Actor: Personero de Quibdó, Chocó en representación de Marlen Jhoana Bejarano Quiñonez y otros.
- Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó. Concede la protección constitucional de los derechos a la vida digna y mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria hasta que logre su autosostenimiento. Sentencia del 6 de agosto de 2015.
- T-5842262
- Actor: Personero de Quibdó, Chocó en representación de Carmen Elena Hurtado Navarrete y otros.
- Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó. Concede la protección constitucional de los derechos a la vida digna y mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria hasta que encuentre condiciones de autosostenimiento. Sentencia del 6 de agosto de 2015.
- T-5842262
- Actor: Personero de Quibdó, Chocó en representación de Isabelito Torres López y otros.
- Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó. Concede la protección constitucional de los derechos a la vida digna y mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria hasta que encuentre condiciones de autosostenimiento. Sentencia del 6 de agosto de 2015.
- T-5842262
- Actor: Personero de Quibdó, Chocó en representación de María Sinfloriana Palacios García y otros.
- Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó. Concede la protección constitucional de los derechos a la vida digna y mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria hasta que encuentre condiciones de autosostenimiento. Sentencia del 6 de agosto de 2015.
- T-5842262
- Actor: Personero de Quibdó, Chocó en representación de María Francisca Arroyo y otros.
- Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó. Concede la protección constitucional de los derechos a la vida digna y mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria hasta que encuentre condiciones de autosostenimiento. Sentencia del 6 de agosto de 2015.
- T-5875144
- Actor: Personero de Quibdó, Chocó en representación de Yenny Carolina Morelo Aluna y otros.
- Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Apartadó, Antioquia. Concede la protección constitucional de los derechos a la vida digna y mínimo vital. En consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria. Sentencia del 8 de agosto de 2016.
- T-5869858. Actor: Javier Humberto Guevara Galvis
- Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de oralidad de Valledupar que mediante sentencia del 1º de julio de 2016 concedió el amparo de los derechos fundamentales solicitado por el actor, en consecuencia ordenó a la UARIV que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de esa providencia entregara la ayuda humanitaria al señor Guevara Galvis.
- T-5869860. Accionante: Diana Elena Pérez Castilla
- Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Valledupar.
- Sentencia del 19 de julio de 2016 que concede el amparo de los derechos fundamentales al mínimo vital y vida digna.
- T-5869873. Accionante: Martha Judith Torres Carrillo.
- Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Valledupar.
- Sentencia del 29 de julio de 2016 que concede el amparo de los derechos fundamentales solicitado por la accionante y en consecuencia ordena la entrega de la ayuda humanitaria.
- SEGUNDO. REVOCAR las sentencias proferidas por los jueces de instancia en los siguientes asuntos y, en su lugar CONCEDER el amparo del derecho fundamental de petición. En consecuencia, ordenar a la UARIV que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de esta providencia, si no lo ha hecho, notifique a los accionantes respectivos, la negativa de la ayuda humanitaria solicitada, permitiéndoles controvertir la misma a través de los recursos ordinarios y extraordinarios de defensa judicial.
- Expediente
- Decisiones de instancia
- T-5821239
- Actor: Gloria Margoth Becerra Bravo
- Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Mocoa, Putumayo. Sentencia del 13 de julio de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria la peticionaria.
- T-5839055
- Actor: Isabel Herrera Ruiz
- Juzgado Civil del Circuito de Sonson, Antioquia. Sentencia del 13 de julio de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria la peticionaria.
- T-5839057
- Actor: Yolanda Valencia Ríos
- Juzgado Civil del Circuito de Sonson, Antioquia. Sentencia del 13 de julio de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria la peticionaria.
- T-5859090
- Actor: Luz Helena Chavarría Gil
- Juzgado
- Segundo. Civil de oralidad del Circuito de Bello, Antioquia. Sentencia del 19 de julio de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria la peticionaria.
- T-5869855
- Actor: Didier Rosa Pérez Ayala
- Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Valledupar. Sentencia del 22 de julio de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria la peticionaria.
- T-5869869
- Actor: Carmen Rosa Ortiz Geniz
- Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Valledupar. Sentencia del 17 de junio de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria la peticionaria.
- T-5874991
- Actor: Álvaro Sandoval Jiménez
- Juzgado
- Segundo. Penal del Civil del Circuito de Florencia, Caquetá. Sentencia del 1º de agosto de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria.
- T-5875142
- Actor: Luis Alberto Padilla Machado
- Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Apartadó. Sentencia del 16 de agosto de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria al peticionario.
- T-5875143
- Actor: Elkis Enrique González García
- Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Apartadó. Sentencia del 16 de agosto de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria la peticionaria.
- T-5875149
- Actor: David Arango
- Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Apartadó. Sentencia del 10 de agosto de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria al peticionario.
- T-5875151
- Actor: Luz Daris Navarro Mestra
- Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Apartadó. Sentencia del 11 de agosto de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria.
- T-5875152
- Actor: Edith Villadiedo Dangond
- Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Apartadó. Sentencia del 3 de agosto de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria.
- T-5875155
- Actor: Sirlen Saray Sáez Martínez
- Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Apartadó. Sentencia del 10 de agosto de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria.
- T-5875156
- Actor: Arlet María Fernández
- Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Apartadó. Sentencia del 9 de agosto de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria.
- T-5875159
- Actor: Ana Gludis Chima Padilla
- Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Apartadó. Sentencia del 9 de agosto de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria.
- T-5875150
- Actor: Sindy Vanesa Anaya Pérez
- Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Apartadó. Sentencia del 9 de agosto de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria a la peticionaria.
- T-5842262
- Actores: Carlos José Mosquera Quinto, Julio Miguel Herazo Fernández, Serafina Palacios Pacheco y Lila Ibarguen Castillo
- Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó, Chocó. Sentencia del 6 de agosto de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de los accionantes y en consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria.
- T-5875147
- Actor: José de la Cruz Córdoba Henao
- Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Apartadó. Sentencia del 9 de agosto de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria al peticionario.
- T-5854902
- Actor: María Rosmira Castrillón Usuga
- Juzgado
- Segundo. Civil de Oralidad del Circuito de Bello, Antioquia. Sentencia del 21 de julio de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria la peticionaria.
- T-5839052
- Actor: Laura Rosa Montes de Pérez
- Juzgado Civil del Circuito de Sonsón, Antioquia. Sentencia del 25 de julio de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria la peticionaria.
- TERCERO. REVOCAR las sentencias proferidas por los jueces de instancia que se relacionan a continuación y, en su lugar CONCEDER el amparo del derecho fundamental de petición. En consecuencia, ordenar a la UARIV que dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación de esta providencia, si no lo ha hecho, resuelva de fondo las solicitudes de ayuda humanitaria y brinde la oportunidad de controvertirlas a través de los recursos ordinarios y extraordinarios dispuestos en el ordenamiento jurídico para tal efecto.
- Expediente
- Decisiones de instancia
- T-5821237
- Actor: Juan Carlos Rojas Papamija
- Juzgado Promiscuo de Familia de Mocoa, Putumayo. Sentencia del 13 de julio de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales y ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria.
- T-5842262
- Accionantes: María Luisa Caizamo Forastero, Mónica María Madrid Carmona, José Marino Caizamo Chami, Juan Bautista Hincapie Cabrera y July Martínez
- Quinto.
- Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó, Chocó. Sentencia del 6 de agosto de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de los accionantes y en consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria.
- T-5875146
- Accionante: Yolanda David Usuga
- Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Apartadó. Sentencia del 3 de agosto de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales de la accionante y en consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria.
- T-5869857
- Actor: Geovaldi José Jaramillo Gómez
- Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Oralidad de Valledupar. Sentencia del 22 de julio de 2016 que concedió el amparo de los derechos fundamentales del actor y en consecuencia, ordenó a la UARIV entregar la ayuda humanitaria.
- SEGUNDO.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.