T-153 de 2013
Ponente Alexei Egor Julio Estrada
✓Demandante Maria Alejandra Osorio Cubillos·Demandado Fundacion Universitaria Luis Amigo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Disposiciones no pueden afectar el derecho a la educación
- Reiteración de jurisprudencia
- Vulneración por parte de la institución educativa al no dar cumplimiento al reglamento estudiantil que la obliga a expedir paz y salvo cuando se llenan todos los requisitos de matrícula
- Orden a Institución Universitaria tenga por matriculado semestre académico de la accionante
- Características
- Derecho-deber
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Educación, debido proceso.
En este asunto la Sala de Revisión analizó la posible vulneración de derechos fundamentales por parte de la Fundación Universitaria Luis Amigó, al no expedirle a la actora el recibo para costear los respectivos derechos de grado y optar por el título profesional de Administradora de Empresas, bajo el argumento de no encontrarse al día académicamente, toda vez que le faltaba cursar siete materias correspondientes a dieciséis créditos de su tercer semestre.
Alega la actora que cumplió los requisitos exigidos por la universidad, en cuanto canceló la matrícula, asistió a clases y presentó los exámenes correspondientes al semestre que no fue tenido en cuenta por la institución accionada.
Se analiza temática relacionada con el derecho fundamental al goce efectivo de la educación, el principio de autonomía universitaria y el reglamento estudiantil.
Se CONCEDE la tutela y se ordena a la accionada tener por matriculado el tercer semestre que cursó la acciónate durante el segundo semestre del año 2008.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la decision proferida por El Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Conocimiento para Adolescentes, confirmo la decision del juez a quo, del dieciocho (18) de julio de dos mil doce (2012), dentro de la accion de tutela interpuesta por Maria Alejandra Osorio Cubillos contra la Fundacion Universitaria Luis Amigo.
- Segundo. ORDENAR a la Fundacion Universitaria Luis Amigo, que se tenga por matriculado el tercer semestre que curso la senorita Maria Alejandra Osorio Cubillos durante el
- segundo. periodo del ano 2008.
- Tercero. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.