T-141 de 2014
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Luis Alejandro Pacheco Pacheco·Demandado Mutal Ser E.P.S.S Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- EPS brindó el tratamiento que incluyó aspectos como intoxicación, abstención y temas psicóticos frente al consumo de sustancias psicoactivas
- Configuración
- Interpretación a la luz de los tratados internacionales
- Protección constitucional especial a personas que padecen problemas de farmacodependencia y/o drogadicción
- Reiteración de jurisprudencia
- Caso en que Comité Técnico Científico niega tratamiento de hospitalización para el consumo de sustancias psicoactivas prescrito por el médico tratante, por considerar que se encontraba excluido del POS
- Reiteración de jurisprudencia
- Derecho a gozar de un estado completo de bienestar físico, mental y social dentro del nivel más alto posible
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso se aduce que MUTUAL SER E.P.S.
S vulneró los derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas, a la integridad personal, a la salud y a la seguridad social del representado, en tanto el Comité Técnico Científico del Atlántico le negó el tratamiento de hospitalización para el consumo de sustancias psicoactivas prescrito por el médico tratante, por considerar que se encontraba excluido del Plan Obligatorio de Salud.
La Sala se pronuncia respecto a los siguientes tópicos: 1º.
La legitimación por activa del Ministerio Público en materia de acción de tutela. 2º.
El derecho fundamental a la salud. 3º.
El derecho fundamental a la salud mental. 4º.
El marco legal y jurisprudencial en cuanto a las personas que padecen problemas de farmacodependencia o drogadicción crónica y 5º.
El fenómeno de la carencia actual de objeto por hecho superado.
En sede de revisión la Sala tuvo conocimiento de que el representado recibió el tratamiento de rehabilitación reclamado y por ello declaró la carencia actual de objeto por la existencia de un HECHO SUPERADO.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado 5deg Laboral del Circuito de Barranquilla, el 16 de julio de 2013 y en su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por la existencia de hecho superado.
- Segundo. ADVERTIR a Mutual SER EPS-S para que, en adelante, garantice de forma oportuna y eficiente la prestacion del servicio de salud integral al senor Luis Alejandro Pacheco Pacheco, particularmente con lo correspondiente al programa de atencion y rehabilitacion por 365 dias prescrito por la medica psiquiatra el 24 de febrero de 2014.
- Tercero. Por Secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.