T-307 de 2011
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Regina Mercedes Chima De Cardenas·Demandado Fiscalia 14 Seccional De Cartagena Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por no configurarse defecto fáctico en providencia que precluyó investigación penal
- Requisitos generales de procedibilidad y configuración de defectos
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso.
Tutela contra decisión judicial.
En el presente caso se pretende que vía tutela se ampare el derecho fundamental al debido proceso, vulnerado presuntamente por los fiscales accionados, al decretarse por parte de una Fiscalía, la preclusión de la investigación y por parte de la otra, la nulidad de todo lo actuado desde la interposición de los recursos de reposición y apelación contra dicha providencia, dentro de una denuncia penal por el delito de fraude procesal que había interpuesto la demandante.
Por tratarse de una acción de tutela contra providencia judicial, la Sala estudió inicialmente las condiciones generales de procedibilidad, específicamente, el agotamiento de los recursos ordinarios y el requisito de inmediatez y resolvió, declarar la improcedencia de la acción por cuanto no se acreditó que las entidades demandadas hubiesen actuado de manera irrazonable o injustificable, como fundamento para determinar la existencia de un defecto fáctico en las providencias atacadas
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia de septiembre 23 de 2010 proferida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.
- Segundo. Por Secretaría líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.