T-808 de 2013
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Juan Carlos Paez Alvarez·Demandado Tribunal Superior De Sincelejo Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relevancia constitucional como requisito de procedibilidad
- Improcedencia por existir recursos en proceso penal que aún está en curso y no acreditar perjuicio irremediable
- Línea jurisprudencial sobre causales genéricas y específicas de procedibilidad
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Configuración
- Respeto a la dignidad humana de todos los implicados, eficacia de los derechos fundamentales y cumplimiento de un conjunto de principios rectores y reglas que racionalicen el proceso
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, verdad, justicia, reparación.
Tutela contra providencia judicial.
El actor, en calidad de víctima dentro de un proceso penal, considera que las autoridades judiciales accionadas incurrieron en vía de hecho al no autorizar la incorporación al juicio oral de un informe pericial de Medicina Legal, diferente a otro que inicialmente no se había tenido en cuenta como prueba por no haber sido descubierto conforme a las reglas del procedimiento penal.
Alega el actor que los dos informes difieren en cuanto a la determinación que buscaban, en tanto en el primero era comprobar si se trataba de sangre humana o animal y, en el segundo, de cotejar perfiles genéticos de ADN encontrados en la escena del crimen con los de uno de los sindicados.
Se reitera jurisprudencia relacionada con la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y la caracterización del defecto fáctico.
Se decide declarar IMPROCEDENTE la acción de tutela impetrada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. Declarar IMPROCEDENTE, por los motivos expuestos en esta sentencia, la acción de tutela promovida por Juan Carlos Páez Álvarez contra la sentencia de 6 de febrero de 2013, del Juzgado
- Primero. Promiscuo del Circuito de Corozal confirmada por Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Sincelejo, en providencia adiada 21 de febrero de 2013. En consecuencia, CONFIRMAR la sentencia proferida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia el veinticinco (25) de abril de dos mil trece (2013),
- SEGUNDO. Por la Secretaría General, LÍBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.