T-111 de 2014
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Javier Antonio Alvarado Rodriguez·Demandado Tribunalo Administrativo De Quibdo, Choco
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia por desconocimiento del precedente judicial en materia de necesidad de motivación del acto de desvinculación de funcionario nombrado en provisionalidad en cargos de carrera
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Caso en que Tribunal Administrativo resolvió que la Policía Nacional hizo un uso proporcionado de su facultad discrecional al retirar del servicio activo a un subteniente
- No la exonera de motivar sus decisiones
- Concepto y alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Tutela contra providencia judicial.
Se le endilga a la autoridad judicial accionada la vulneración del derecho fundamental al debido proceso, en razón a que en el trámite de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho realizó una indebida valoración del precedente jurisprudencial aplicable en materia del juicio de legalidad de los actos administrativos expedidos en ejercicio de una atribución discrecional.
Derecho al debido proceso, su concepto y protección constitucional.
Procedencia de la acción de tutela en contra de providencias judiciales.
Causal específica de procedibilidad por el desconocimiento del precedente.
Discrecionalidad en el ejercicio de actuaciones administrativas.
Facultad discrecional del Gobierno Nacional para retirar del servicio activo a los miembros de la Policía Nacional.
Se CONCEDE.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas, en primera instancia el veinticinco (25) de junio de 2012, por la Seccion Cuarta del Consejo de Estado, y en segunda instancia el veinticinco (25) de julio de 2013, por la Seccion Quinta del Consejo de Estado, dentro del proceso de tutela iniciado por el ciudadano Javier Antonio Alvarado Rodriguez en contra el Tribunal Administrativo de Choco. En su lugar, se determina CONCEDER el amparo del derecho fundamental al debido proceso del actor.
- Segundo. DEJAR SIN EFECTOS la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Choco del veintinueve (29) de noviembre de dos mil once (2011), dentro de la accion de nulidad y restablecimiento del derecho iniciada por el senor Javier Antonio Alvarado Rodriguez en contra de la Nacion -Ministerio de Defensa- y la Policia Nacional.
- Tercero. ORDENAR al Tribunal Administrativo de Choco, para que dentro del termino establecido en la ley para impartir sentencia de segunda instancia, profiera una nueva providencia dentro de la accion de nulidad y restablecimiento del derecho iniciada por el senor Javier Antonio Alvarado Rodriguez, en la que sean tenidas en cuenta las consideraciones hechas en la presente providencia.
- Cuarto. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.