T-1064 de 2012
Ponente Alexei Egor Julio Estrada
✓Demandante Pedro Luis Moncada Solano·Demandado Unidad Administrativa Especial De Atencion Y Reparacion Integral A Las Victimas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ambito internacional
- Alcance del concepto
- Calidad no depende de una decisión administrativa sino de una realidad objetiva
- Sujetos de especial protección
- Declaración sobre hechos constitutivos de desplazamientos se basan en el principio de buena fe de quien declara
- Marco normativo para la inscripción y pautas jurisprudenciales que determinan su aplicación
- Mecanismo judicial idóneo para amparar los derechos fundamentales
- Inscripción en el RUPD aunque encuesta del Sisben y censo electoral registre sitio diferente al que ocurrieron los hechos de desp
- Procedibilidad
- Aplicación de norma más favorable para la víctima
- Procedimiento
- Entrega información acerca del censo electoral
- Funciones
- Aplicación de encuesta del Sisben no es hecho suficiente para negar inscripción
- Niega inscripción por cuanto Registraduría Nacional del Estado Civil inscribe cédula de declarante en sitio diferente al de desplazamiento
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En el presente caso el peticionario solicita que se ordene a la Unidad Territorial del Meta del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social su inscripción en el Registro Único de Población Desplazada, ahora Registro Único de Víctimas, en razón a que la negativa de inscribirlo vulnera no solo sus derechos fundamentales, sino los de su familia.
La entidad accionada sustentó su decisión en la norma que establece las causales para denegar la inscripción en el registro, específicamente aquella que estipula que debe negarse cuando en el proceso de valoración se determine que la solicitud del registro resulta contraria a la verdad respecto de los hechos victimizantes.
La Sala reitera lo sostenido por la Corporación en relación con: 1º.
La procedibilidad de la acción de tutela en materia de desplazamiento forzado. 2º.
El alcance de la noción de desplazado interno. 3º.
El marco normativo para la inscripción en el RUPD ahora RUV y las pautas jurisprudenciales que determinan su aplicación.
Se CONCEDE el amparo solicitado y se ordena a la accionada inscribir al actor y a su familia en el Registro Único de Víctimas.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido el veintinueve (29) de mayo de 2012 por el Tribunal Administrativo del Meta.
- Segundo. CONFIRMAR el fallo proferido el veinte (20) de abril de 2012 por el Juzgado
- Primero. Administrativo del Circuito de Villavicencio y CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la poblacion desplazada del senor Pedro Luis Moncada Solano.
- Tercero. DEJAR SIN EFECTO la Resolucion No. 500013621 del veintiocho (28) de octubre de 2010 expedida por la Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional -Accion Social-; y la Resolucion No. 500013621RD del siete (7) de diciembre de 2011 expedidas por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social mediante las cuales se nego la inscripcion en el Registro Unico de Victimas -RUV-.
- Cuarto. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas que, en el termino de quince (15) dias contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, inscriba al senor Pedro Luis Moncada Solano y su familia en el Registro Unico de Victimas.
- Quinto. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.