T-1049 de 2006
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Pedro Santiago Correa Carrasco Vs. Cajanal
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia de tutela por no darse presupuestos exigidos por la jurisprudencia
- Concepto
- Presupuestos que deben darse para que pueda pronunciarse sobre reclamaciones económicas derivadas de la seguridad social
- Devolución de saldos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida la igualdad la proteccion y asistencia a las personas de la tercera edad y a la seguridad social de persona que laboro al servicio de la universidad industrial de santander y que en la actualidad no trabaja y no cuenta con ningun ingreso para su manutencion por la decision de la entidad de negarse a reconocerle y pagarle la indemnizacion sustitutiva de la pension de vejez.solicita se ordene el reconocimiento de la indemnizacion sustitutiva de la pension de vejez o en su defecto se le otorgue media pension de vejez.el caracter de derecho fundamental que adquiere el derecho a la seguridad social por conexidad con otros derechos fundamentales de primera generacion tales como la vida.
Referencia normativa y jurisprudencial sobre la indemnizacion sustitutiva de la pension de vejez - regimen de prima media con prestacion definida- o la devolucion de saldos - regimen de ahorro individual con solidaridad.
Procedencia excepcional de la accion de tutela para la reclamacion de prestaciones de tipo economico derivadas de la seguridad social.
Improcedencia en el caso concreto de la accion de tutela para resolver sobre el derecho del actor a la indemnizacion sustitutiva de la pension de vejez.el actor cuenta con otra via judicial para controvertir la resolucion que le nego el reconocimiento y pago de la indemnizacion sustitutiva de la pension de vejez que reclama.negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado Veintiseis (26) Civil del Circuito de Bogota, dentro de la accion de tutela instaurada por Pedro Santiago Correa Carrasco contra la Caja Nacional de Prevision Social -CAJANAL S.A.-.
- Segundo. Librense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.