T-769 de 2006
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Fermin Tinoco Alonso Vs. Iss
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia pago de mesadas pensionales por no estar demostrado el perjuicio irremediable
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al minimo vital y la seguridad social de persona a quien le fue reconocida la pension de vejez pero no le han sido canceladas las mesadas correspondientes.
Solicita se ordene el pago de las mesadas pensionales.
La acción de tutela dado su carácter subsidiario sólo procede excepcionalmente para ordenar el pago de acreencias laborales cuando en el caso concreto no existan otros medios de defensa judicial idóneos o cuando sea necesario impedir un perjuicio irremediable como cuando el no pago de las mesadas pensionales implique la vulneración de derechos constitucionales fundamentales se encuentren comprometidas personas de la tercera edad o se afecte el mínimo vital del accionante o el de su familia.
La acción de tutela no puede desplazar ni sustituir los mecanismos ordinarios establecidos en nuestro ordenamiento jurídico.
En el presente caso la tutela resulta improcedente para obtener el pago de las mesadas dejadas de pagar porque existe un mecanismo ordinario a través del cual el actor puede reclamar las mesadas adeudadas y porque no existe ningún elemento de juicio que permita inferir que en el caso presente sea necesario conceder el amparo solicitado como mecanismo transitorio.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Quinto. Laboral del Circuito de Bogotá del 16 de marzo de 2006 que negó el amparo solicitado por el señor Fermín Tinoco Alonso.
- Por Secretaría líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.