T-1048 de 2003
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Ana Maria Suarez Sánchez Contra Servicio Seccional De Salud De Antioquia Y Ars Comfenalco
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Prestación del servicio de salud excluido del POS
- Obligaciones frente a servicios no incluidos en el POS
- Tratamiento vascular a persona de escasos recursos
- Incorpora el derecho al diagnóstico
- Fundamental por conexidad
- EPS o ARS debe velar por su atención integral
- Instituciones públicas o privadas que contraten con el Estado deben atenderlos cuando requieran servicios no incluidos en el POS
- Vulneración por no realizarse examen de diagnóstico necesario para detectar enfermedad
- Continuidad y eficacia
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia del dos (2) de mayo de 2003, proferida por el Juzgado
- Sexto. Laboral del Circuito de Medellín, en la acción de tutela instaurada por Ana María Suárez Sánchez contra las entidades accionadas, y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos a la salud en conexidad con el derecho a la vida digna y a la Seguridad Social .
- Segundo. ORDENAR a la A.R.S. Comfenalco de Antioquia que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia autorice el servicio de Vascular Periférico a la señora Ana María Suárez Sánchez para que se lleve a cabo la evaluación y tratamiento ordenado por su médico tratante.
- La citada entidad podrá repetir contra el Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA por los gastos adicionales en que incurra.
- Tercero. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.