Micelio
Sentencia de Tutela8 de mayo de 2003

T-364 de 2003

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Xxx Vs. Iss

Tema · dato duro
Derechos A La Salud Vida Y Diagnostico De Persona Con Vih. Solicitud Practicas De Carga Viral Prescritas Por Medico Tratante Y No Incluidas En El Pos. Falta Capacidad Economica. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Quinto. Civil del Circuito de Cartagena, el seis (6) de noviembre de 2002, y en su lugar CONCEDER la tutela del derecho a la salud en conexidad con el derecho a la vida de XXX.
  3. SEGUNDO. INAPLICAR para el caso concreto del señor XXX la Resolución 5261 de 1994 del Ministerio de Salud por la cual se establece el Manual de Intervenciones y Procedimientos del Plan Obligatorio de Salud por no incluir la prueba de carga viral dentro de las cubiertas por este, aplicar la Constitución Política y, en consecuencia, ORDENAR al Instituto de los Seguros Sociales que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de esta Sentencia realice a XXX los exámenes denominados de Carga Viral y CD3-CD4-CD8, ordenados por el médico tratante.
  4. TERCERO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.