Micelio
Sentencia de Tutela28 de febrero de 2003

T-178 de 2003

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Antonia Castellon Porto Vs. Salud Total

Tema · dato duro
Derecho A La Salud De Menor De Edad. Solicitud Practica Resonancia Magnetica De Cuello No Incluida En El Pos Y Prescita Por Medico Tratante. Accion De Repeticion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Condiciones para realización de tratamiento excluido del POS
  • Incorpora el derecho al diagnóstico
Derecho A La Continuidad En El Servicio De Salud
  • Atención médica a menor
  • Necesidad de realizar exámenes prescritos por médico tratante
Entidad Promotora De Salud
  • Suministro de tratamiento señalado por médico tratante aunque no figure en listado del POS
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia de octubre 28 de 2002, proferida por el Juzgado
  2. Séptimo. Civil Municipal de Cartagena que negó la protección solicitada por la señora Antonia Castellón Porto a favor de su hija Danna Karina Martínez Castellón.
  3. Segundo. INAPLICAR, con base en el artículo 4 de la Constitución Política, y para el caso concreto que fue objeto de examen por parte de esta Sala, el artículo 18 de la Resolución 5261 de 1994 del Ministerio de Salud, por la cual se establece el Manual de Intervenciones y Procedimientos del Plan Obligatorio de Salud.
  4. Tercero. ORDENAR a Salud Total E.P.S que en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación de esta sentencia practique a la menor Danna Karina Martínez Castellón el examen denominado resonancia magnética de cuello contrastada, prescrita por su médico tratante.
  5. Cuarto. A salud Total E.P.S., le asiste el derecho de repetir por lo costos en que incurra con ocasión del cumplimiento de este fallo de tutela ante la subcuenta respectiva del Fondo de Seguridad y Garantía del Sistema de Seguridad Social en Salud - FOSYGA -.
  6. Quinto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.