Micelio
Sentencia de Tutela15 de marzo de 2001

T-289 de 2001

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Clara Ines Camacho Vs. Por Salud Ltda

Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Vida De Beneficiaria De Pensionado. Cajanal. Practica De Biopsia No Incluida En El Pos. Tratamiento Optimo Disponible. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Entidad Promotora De Salud
  • Suministro de medicamentos señalados por médico tratante aunque no figuren en listado del POS
Derecho A La Salud
  • Incorpora el derecho al diagnóstico
  • Se deben poner a disposición del paciente los tratamientos y exámenes óptimos disponibles
Entidad De Seguridad Social
  • Negligencia en la práctica oportuna de exámenes ordenados
Plan Obligatorio De Salud
  • Realización de examen señalado por médico tratante
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Tercero. Civil Municipal de Sogamoso el 19 de septiembre de 2000 y en su lugar CONCEDER la tutela del derecho a la salud en conexidad con la vida de Clara Inés Camacho Hernandez.
  3. Segundo. ORDENAR a Servicios Integrales de Salud -Por Salud Ltda. I.P.S.- que realice a Clara Inés Camacho Hernandez la Biopsia Bajo Visión Esterotáxica Mamografía Seno Izquierdo en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de esta Sentencia.
  4. Tercero. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.