T-1042 de 2001
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Olinda Maria Calderon Calderon Vs. Alfredo Antonio Peñas Cuentas·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Utilización de ascensores dependiendo del status de la persona
- No se permite utilizar ascensor a empleada doméstica
- Prohibición
- Requisitos
- Límites
- Naturaleza normativa
- Procedencia excepcional
- No discriminación
- Efectos horizontales
- Naturaleza fáctica
- Subordinación
- Diferenciación en uso de ascensores en conjuntos residenciales
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. CONFIRMAR PARCIALMENTE la sentencia del 19 de enero de 2001, proferida por el Juzgado
- Segundo. Penal Municipal de Cartagena, al resolver la accion de tutela instaurada por Olinda Maria Calderon Calderon contra el Gerente del Edificio el Conquistador, senor Alfredo Antonio Penas Cuentas, y ADICIONARLA en el sentido de tutelar el derecho a la igualdad y a la dignidad humana de la accionante y, por ende, advertir al gerente general del Edificio "El Conquistador", en Cartagena, senor Alfredo Antonio Penas Cuentas o quien lo reemplace que no podra, so pena de incurrir en las sanciones previstas en los articulos 52 y 53 del Decreto 2591 de 1991, discriminar por factores subjetivos- raza, oficio, religion, ideologia, estatus social etc. - a la aqui accionante para efectos del uso de todos los ascensores, en cualquier tiempo, del edificio El Conquistador, en Cartagena.
- Segundo. ORDENAR al Juzgado
- Segundo. Penal Municipal de Cartagena velar por el cumplimiento del presente fallo.
- Tercero. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese, comuniquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.