Micelio
Sentencia de Tutela4 de diciembre de 2006

T-1027 de 2006

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Jose Alfonso Niño Vs. Corte Suprema De Justicia Sala De Casacion Laboral Y Banco Cafetero Bancafe En Liquidacion

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Situaciones de procedencia
  • Causales de procedibilidad
  • Clases de defectos
  • Reiteración de jurisprudencia
Banco Cafetero
  • Cambio de naturaleza jurídica el 4 de julio de 1994
  • Naturaleza jurídica
Ley 33 De 1985
  • Caso en que empleado del Banco Cafetero no reunió requisitos para reconocimiento de pensión de jubilación como trabajador oficial
Operador Juridico
  • Debe realizar una labor hermenéutica de ponderación entre las normas en conflicto y justificar mediante la fundamentación razonable la decisión
Regimen Juridico De Empleados Del Banco Cafetero
  • A partir del 5 de julio de 1994 están sometidos al derecho privado
Normas Constitucionales
  • No tienen estructura de reglas que se excluyen de manera absoluta
Principio De Igualdad En Aplicacion De La Ley
  • Caso en que no se presentó vulneración
Recurso De Casacion
  • Funciones primordiales
Regimen Laboral De Trabajadores De Sociedades De Economia Mixta
  • Jurisprudencia de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia
10 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la igualdad el debido proceso y la seguridad social de extrabajador del banco cafetero que habiendo solicitado la pension de jubilacion el banco se la nego por lo que instauro demanda laboral que fue fallada por el tribunal concediéndole la pension como beneficiario del regimen de transicion pero en casacion la corte suprema de justicia resolvio revocar la condena impartida contra el banco presentándose una facultad extrapetita que no le era dable un cambio de jurisprudencia y via de hecho por defecto procedimental y desconocimiento de la ley sustancial.tutela contra providencias judiciales.

Causales de procedibilidad de la accion de tutela contra providencias judiciales.la decision de la sala de casacion laboral de la corte suprema de justicia se corresponde con un fundamento objetivo y razonable y responde a las competencias constitucionales y legales encargadas a dicha corporacion y no a un capricho ni a su arbitrariedad.

No se demostro la existencia de una via de hecho.negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMASE la sentencia proferida el 22 de junio de 2006 por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
  2. Segundo. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.