T-071 de 2006
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Melida Bonelo De Quiroga Vs. Iss
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Fundamental por conexidad con la vida
- Requisitos para suministro de medicamentos excluidos del POS
- Suministro de medicamentos para tratar osteoporosis
- Procedencia para suministro de medicamentos excluidos del POS
- Su concepto no es requisito indispensable para la entrega de medicamentos excluidos del POS
- Funciones
- Instancia administrativa de entidades promotoras de salud
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud en conexidad con la vida y la especial protección a la tercera edad de afiliada que padece osteoporosis a quien le fueron formulados medicamentos no pos para conbatir la debilidad osea y detener el avance de la enfermedad pero la entidad se niega a suministrarlos aduciendo que se encuentra fuera del pos.
Solicita se ordene el suministro de los mediamentos formulados.
Procedencia excepcional de la accion de tutela para ordenar el suministro de medicamentos examenes o procedimientos excluidos del pos.
Presupuestos para que proceda la tutela cuando los medicamentos cirugías y tratamientos se encuentran fuera del pos.
Existe vulneración a los derechos a la salud seguridad social y especial protección de la tercera edad.
Accion de repetición contra fosyga.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Quinto. Civil del Circuito de Popayan el 4 de octubre de 2005, dentro de la accion de tutela incoada por la senora Melida Bonelo de Quiroga contra el Seguro Social, Seccional Cauca.
- SEGUNDO. CONCEDER la tutela para la proteccion del derecho a la salud en conexidad con el derecho a la vida y especial proteccion a la tercera edad de la senora Melida Bonelo de Quiroga y, en consecuencia, ORDENAR al Seguro Social, Seccional Cauca, que suministre los medicamentos ALEDRONATO SODICO por 70 mg. y CALCIO + VITAMINA D por 600 mgr. y 300 mgr., en un termino de cuarenta y ocho horas (48) contadas a partir de la notificacion de la presente providencia.
- TERCERO. INAPLICAR con base en el articulo 4o de la Constitucion Politica y para el caso concreto de la senora Melida Bonelo de Quiroga, la norma reglamentaria del Plan Obligatorio de Salud que excluye el medicamento ordenado, a saber, el articulo 29 del Decreto 806 de 1998.
- CUARTO. DECLARAR que en tanto el medicamento Aledronato Sodico por 70 mg. no se encuentra incluido en el POS al Seguro Social, Seccional Cauca, le asiste el derecho de repetir por los costos en que incurra con ocasion del suministro del mismo ante la subcuenta respectiva del Fondo de Solidaridad y Garantia del Sistema de Seguridad Social en Salud - FOSYGA.
- QUINTO. Para los efectos del articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hara las notificaciones y tomara las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.