T-062 de 2013
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Luis Humberto Gomez Gallo·Demandado Sala Penal De La Corte Suprema De Justicia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de jurisprudencia
- Es parte integrante del debido proceso
- Reiteración Auto 004/04 y Auto 100/08 para que tutelas contra Salas de la Corte Suprema de Justicia sean revisadas por la Corte Constitucional
- Competencia de la Corte Constitucional para conocer
- Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia Sala Penal
- No vulneración de la Corte Suprema al dosificar la pena impuesta como consecuencia de la condena por el delito de concierto para delinquir agravado en casos distintos
- Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos generales y especiales de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso.
Tutela contra providencia judicial.
Se instaura la acción de tutela en contra de la decisión proferida por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante la cual se le impuso al accionante condena como autor del delito de concierto para delinquir agravado y se tasó la pena privativa de la libertad en 108 meses de prisión.
Se aduce la vulneración del principio a la igualdad, toda vez que en su caso, al dosificar la pena impuesta, se tuvo en cuenta la circunstancia de agravación punitiva prevista en el numeral 9º del artículo 58 de la ley 599 de 2000 dada su posición distinguida en la sociedad, mientras que un caso similar, la misma Corporación se abstuvo de incluir en la dosificación punitiva la misma agravante, al considerar que si bien fue mencionada y transcrita en la resolución de acusación, careció de motivación.
Se reitera jurisprudencia relacionada con los siguientes temas: 1º.
Procedencia excepcional de acción de tutela contra decisiones judiciales, con énfasis en las reglas sobre ausencia de motivación y violación directa de la Constitución. 2º.
Reglas jurisprudenciales sobre autonomía judicial y trato igual ante la ley y, 3º.
El principio de congruencia entre la resolución de acusación y la sentencia en materia penal, como parte integrante del debido proceso.
Al encontrar que la autoridad judicial accionada, al dictar sentencia dentro del proceso penal seguido en contra del actor, no incurrió en los defectos alegados, la Sala decide NEGAR la solicitud de amparo impetrada. <br> <br>
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Levantar los terminos suspendidos mediante auto del 9 de noviembre de 2012, de conformidad con lo previsto en los articulos 53 y 54 del Reglamento Interno de la Corporacion.
- Segundo. Negar la accion de tutela instaurada por el senor Luis Humberto Gomez Gallo contra la Sala de Casacion Penal de Corte Suprema de Justicia.
- Tercero. COMUNICAR esta providencia los fines previstos en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Comuniquese, notifiquese, cumplase e
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.