T-046 de 2002
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Fundacion Abood Shaio Y Otros Vs. Tribunal De Arbitramento Obligatorio Y Otra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia después de agotado el recurso de homologación
- Deben respetar unos mínimos de razonabilidad en sus decisiones
- Resuelven conflicto económico laboral
- Alcance
- Límites
- Control residual del juez de tutela
- Alcance
- Elementos característicos
- Límites a la autoridad
- Efectos
- No tiene efectos retroactivos para el caso
- Control residual en casos de inequidad manifiesta
- Inexistencia de vía hecho
- Límites de la acción de tutela
- No vulneran o amenazan derechos fundamentales
- Diferencias entre equidad manifiesta y evidente irrazonabilidad
- Improcedencia general de tutela sobre controversias
- Incurrió en vía de hecho
- Inequidad manifiesta
- No existe decisión arbitral discriminatoria o violatoria de un derecho fundamental
- Razonabilidad
- Carece de motivación
- Connotación constitutiva y no meramente declarativa
- Evidente irrazonabilidad
- Fuente formal del derecho
- Presupuestos para considerarlo irrazonable e incurso en vía de hecho judicial
- No incurrió en vía de hecho
- Inequidad manifiesta
- Clases de defectos en la actuación
- Omisión de circunstancias fácticas que rodeaban el conflicto laboral colectivo
- Tiene fundamento en el principio de buena fe
- Presupuestos
- Fuente formal del derecho
- Ajustado a la ley pero contrario a la Constitución
- Naturaleza jurídica
- Alcance
- Vulneración por irrazonabilidad del laudo arbitral
- Arbitros no pueden ser arbitrarios aun fallando en equidad
- Situación económica y financiera
- Fallos en equidad
- Alcance
- Ambitos de control y diferencia
- Desconocimiento de los límites constitucionales mínimos
- Clases de defectos en la actuación
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- R E S U E L V E
- Primero. Revocar la sentencia de agosto 22 de 2001, proferida por el Consejo Superior de la Judicatura, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, al resolver la impugnacion contra el fallo del 5 de junio de 2001, proferido por el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, en el proceso de tutela promovido por la Fundacion Shaio y otros contra el Tribunal de Arbitramento Obligatorio y la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
- Segundo. Conceder parcialmente la tutela presentada por la Fundacion Abood Shaio y otros contra el Tribunal de Arbitramento Obligatorio convocado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social mediante resolucion 001320 de junio 14 de 2000 y contra la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia y, por lo tanto, amparar el derecho constitucional fundamental al debido proceso vulnerado por el laudo arbitral proferido por el mencionado tribunal de arbitramento obligatorio. Negar la tutela dirigida contra la sentencia de homologacion proferida el 20 de marzo de 2001 por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
- Tercero. Declarar que el laudo arbitral mencionado carece de validez constitucional a partir de la fecha en que quede ejecutoriada la presente sentencia. En consecuencia, los derechos derivados de dicho laudo permanecen inalterados en los terminos de esta providencia, sin perjuicio de lo que en el futuro libremente acuerden las partes en ejercicio de sus derechos constitucionales, ni de los derechos convencionales consagrados en las convenciones colectivas vigentes hasta el 31 de diciembre de 1999.
- Cuarto. Denegar la tutela en relacion con los derechos a la vida, a la salud, a la integridad fisica, al trabajo y a la igualdad de los accionantes.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.