C-991 de 2006
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Herman L. Morales Parada
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Etapas
- Inexistencia de trato diferencial
- Cargos deben ser claros, ciertos, específicos, pertinentes y suficientes
- No integración por el actor de los extremos necesarios para hacer juicio de igualdad
- Requisitos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto 663 de 1993 articulo 128 numeral 1 (parcial).
Se actualiza el estatuto organico del sistema financiero y se modifica su titulacion y numeracion.
Tasas de interes en operaciones pasivas.
Tasas de interes de los depositos de ahorro comunes y a termino y de certificados de deposito de ahorro a termino fijo.el demandante estima que la norma acusada viola los derechos a la igualdad (art. 13 c.p.) y al debido proceso (art. 29 c .p.).reiteracion de jurisprudencia sobre requisitos formales y materiales minimos de las demandas de inconstitucionalidad.la corte observa que los parametros de comparacion utilizados por el accionante no se derivan de la norma acusada sino de valoraciones externas frente a las cuales el accionante se limita a hacer consideraciones difusas que no permiten tener referentes ciertos y precisos para seguir adelante con el examen de igualdad.inhibida
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 663/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Declararse INHIBIDA para decidir la demanda presentada contra la expresion "las tasas de interes que ofrezcan reconocer los bancos comerciales por la captacion de recursos mediante depositos de ahorro, comunes y a termino, asi como su forma de liquidacion, seran fijadas libremente por la entidad depositaria, contenida en el numeral 1 del articulo 128 del Decreto 663 de 1993.
- Notifiquese, comuniquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.