C-867 de 2014
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Dario Garzon Garzon·Demandado Ley 1719 De 2014
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Ineptitud sustantiva de la demanda por incumplimiento del requisito de certeza
- Requisitos
- Necesidad de un mínimo de argumentación
- Concepto de prueba
- Noción de elemento material probatorio
- Inhibición para pronunciarse de fondo sobre la constitucionalidad de la disposición demandada
- Solo se convierte en prueba desde que juez de conocimiento lo decreta
- Excepción válida al principio de inmediación
- Jurisprudencia constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el numeral 5 (parcial) del artículo 13 de la Ley 1719 de 2014, por la cual se modifican algunos artículos de las leyes 599 de 2000 y 906 de 2004 y se adoptan medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual, en especial de la violencia sexual con ocasión del conflicto armando, y se dictan otras disposiciones.
El demandante solicita que se declare la inexequibilidad de la expresión “a no ser sometidas a pruebas repetitivas”, o en su defecto, que se declare la exequibilidad, pero condicionada a que la primera y única versión de la mujer llene los requisitos exigidos en el artículo 284 de la Ley 906 de 2004, es decir, las condiciones de la prueba anticipada.
Se alega la vulneración del artículo 250 numerales 3 y 4 de la Carta.
La Corte consideró que el cargo formulado carece de certeza, porque el demandante equiparó la declaración prevista o entrevista de la víctima con el Fiscal o la Policía Nacional como prueba y de ahí, derivó una consecuencia que no se deduce de la norma acusada.
La Sala se declara INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1719/14. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declararse INHIBIDA para pronunciarse de fondo respecto de la expresion "a no ser sometidas a pruebas repetitivas" contenida en el numeral 5 del articulo 13 de la Ley 1719 de 2014, por ineptitud sustancial de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.