C-910 de 2012
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Cesar Augusto Sanchez Garcia·Demandado Ley 1142 De 2007, Articulo 27.2
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Características
- Exigen una consideración especial de la personalidad que no se requiere en la detención en establecimiento carcelario
- En la medida que constituye un concepto jurídico indeterminado vulnera el principio de legalidad en materia penal y el debido proceso
- No constituye una discriminación ni es incompatible con el derecho penal de acto
- No es posible afirmar trato discriminatorio con los demás grupos de especial protección contemplados en los numerales
- Jurisprudencia constitucional
- Criterios para su admisibilidad
- Compatibilidad
- Examen de la personalidad
- Parte integral del juicio de suficiencia
- Le está vedado prohibir el beneficio de la sustitución a partir de criterios exclusivamente objetivos
- Análisis incluye aspectos objetivos y subjetivos
- Aunque es un concepto jurídico indeterminado, la decisión sobre el beneficio de la sustitución no depende del criterio subjetivo y arbitrario del juez penal, sino de consideraciones objetivas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 27.2 (parcial) de la Ley 1142 de 2007, modificatorio del artículo 314 de la Ley 906 de 2004.
En este asunto se resuelve si la expresión “personalidad” contenida en el artículo acusado, es contraria al ordenamiento constitucional y en particular, al Estado Social de Derecho, al principio de igualdad y a los derechos al debido proceso y al libre desarrollo de la personalidad.
La Corte determinó que la sustitución de la detención preventiva intramuros por la detención domiciliaria para adultos mayores de 65 años, condicionada a la personalidad, no constituye una discriminación, ni es incompatible con el derecho penal del acto.
EXEQUIBLE la expresión “personalidad”, por los cargos propuestos y analizados.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion
- RESUELVE
- PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos propuestos y analizados, la expresion "personalidad" contenida en el numeral 2 del Articulo 27 de la Ley 1142 de 2007.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.