C-884 de 2007
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Mabel Carolina Vargas Hernandez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Finalidades
- Régimen
- Estructura
- Taxatividad de causales de nulidad en el régimen disciplinario no puede excluir la nulidad de las pruebas ilícitas
- Admisión y rechazo
- Por violación de principios de legalidad, igualdad y proporcionalidad de las sanciones e inaplicación de reglas claras y equitativas
- Reglas que guían el control de constitucionalidad en esta materia
- Competencia exclusiva del legislador ordinario
- Competencia exclusiva del legislador ordinario
- Sanción autónoma o concurrente
- Reglas que guía su alcance
- Efectos
- Nula de pleno derecho y vicia de nulidad todo el proceso
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 1123 de 2007 articulos 23 (paragrafo) 42 (parcial) y 101 (parcial).
Se establece el codigo disciplinario del abogado.
Extincion de la accion disciplinaria.
Sanciones disciplinarias y nulidades.la demandante considera que las normas acusadas vulneran el preambulo y los articulos 1 2 4 5 15 16 21 23 25 26 29 83 84 229 y 230 de la constitucion.fines que cumple en un estado democratico el control de la profesion de abogado.
El ejercicio de la profesion de abogado se orienta a concretar importantes fines constitucionales.
De la libertad de configuracion legislativa en materia de procedimientos disciplinarios y sus limites constitucionales.
Reglas que guian el alcance de la potestad de configuracion legislativa.
La libertad de configuracion en materia de desistimiento de la accion de determinacion de las sanciones y de nulidades procesales.
Los criterios de razonabilidad y proporcionalidad de las sanciones constituyen limites para el legislador en la fase de creacion pero tambien para el interprete en el momento de su individualizacion.
Para la corte la consagracion de un principio de taxatividad de los motivos legales de nulidad no vulnera por si mismo principios constitucionales.exequibles
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1123/07. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados, el paragrafo del articulo 23 de la Ley 1123 de 2007.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados, el inciso
- segundo. del articulo 42 de la Ley 1123 de 2007, en el entendido que solo cabe la sancion de multa autonoma para faltas que no merezcan la sancion de suspension o exclusion.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados, el numeral 6deg del articulo 101 de la Ley 1123 de 2007, salvo la expresion "ninguna" que se declara inexequible.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.